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Chihuahua

Urge regular la gestión de residuos biológicos peligrosos de crematorios y funerarias: Rosana Díaz

Chihuahua, Chih., La legisladora morenista Rosana Díaz Reyes no quita el dedo del renglón y en esta ocasión para darle seguimiento al terrible tema del Crematorio Plenitud que desde hace por lo menos un par de años acumulaba 383 cuerpos de cadaveres en condiciones totalmente insalubres, presentó este día una iniciativa a fin de reformar la Ley de Salud del Estado de Chihuahua, en relación a la gestión de residuos biológicos
peligrosos y de quienes prestan servicios como crematorios y funerarias.
Manifestó durante su exposición de motivos que si la finalidad del Estado es ser garante de los derechos humanos, y prevenir y erradicar cualquier situación que ponga en riesgo la integridad de las y los ciudadanos, debemos destacar que su obligación radica en construir las condiciones y marcos regulatorios idóneos para evitar a toda costa cualquier desgracia o evento que lacere a la ciudadanía.
“En esta ocasión me refiero a la operación de servicios funerarios, que, si bien cumple una función social indispensable, constituye una actividad industrial que, por su naturaleza, genera subproductos de alto riesgo, y el ignorar esta realidad, amparados en una legislación laxa o en la presunción de una buena fe que no se verifica, es ser permisivos ante las situaciones que en la actualidad lamentamos”.
Díaz Reyes fue clara y contundente al expresar que resulta alarmante lo que estas amenazas biológicas y químicas generan y tienen además consecuencias devastadoras.
Por lo que, resulta necesario y urgente la actualización de la normatividad aplicable, incluso, el desarrollar técnicas mas avanzadas con el fin de garantizar que los procesos de cremación y desintegración de cadáveres se realicen en condiciones sanitarias adecuadas, y se inhiban las malas prácticas por parte de prestadores de servicios en detrimento de la seguridad sanitaria y así mismo atenuar el impacto ecológico que esto implica.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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