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Chihuahua

Urgen implementación de programas que atiendan el suicidio en adolescentes

Deyanira Ozaeta Díaz, diputada del Partido del Trabajo, exhortó a la Secretaría de Salud, a la Secretaría de Educación y Deporte, así como a la Dirección General del Colegio de Bachilleres del Estado de Chihuahua, a fin de que se implementen programas interinstitucionales para detectar, atender y prevenir, aquellos factores que induzcan al suicidio.

Durante su intervención, la legisladora indicó que como parte de una estrategia completa de bienestar se debe incluir la necesidad permanente de un psicólogo por turno en cada plantel, además de programas de educación permanentes enfocados a la salud mental y a la prevención del suicidio.

“Es necesario atender a la población del COBACH para hacer frente a la problemática del suicidio y generar una estrategia integral de atención para prevenirlo, sin embargo, lamentablemente, la institución solo con dos psicólogos para atender a todo el alumnado”, recalcó.

En tribuna recordó los hechos que conmocionaron a alumnos, docentes y administrativos del Colegio de Bachilleres del Estado de Chihuahua de hace unos días y que pusieron de inmediato en alerta a padres y madres de familia.

Detalló que al realizar un análisis referente de esta problemática, durante el primer cuatrimestre del año 2018, los suicidios en el municipio de Chihuahua, se incrementaron un 35% respecto al 2017, es decir, a esa fecha se presentaron 110 casos, 29 suicidios más que el mismo periodo anterior.

Finalmente, Ozaeta Diaz hizo un enérgico llamado a las autoridades para que colaboren en la atención, la prevención del suicidio y a la promoción de la salud mental y del bienestar integral de niñas, jóvenes y adolescentes del Estado.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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