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Chihuahua

Urgente que Secretario de Desarrollo Humano y Bien Común supervise casas de cuidado de adultos mayores: Rosana Díaz

Chihuahua, Chih., La Diputada por Morena Rosana Díaz presentó un Punto de Acuerdo a fin de exhortar al titular de la Secretaria de Desarrollo Humano y Bien Común.
Durante su exposición de motivos manifestó lo siguiente: “No podemos permitirnos ser omisos frente
realidades que vulneran la dignidad humana, tal como fue el caso ocurrido el pasado 17 de julio, en donde una persona adulta mayor perdió la vida de manera violenta presuntamente a manos de una persona que lo cuidaba al interior del asilo Asociación
Guadalupana, en el municipio de
Chihuahua.
Este lamentable suceso no nos toma por sorpresa, pues desde esta Tribuna, ya habíamos advertido sobre la urgencia de revisar estos espacios.
Con anterioridad presenté una iniciativa que propone reformas a la Ley que regula los Centros Privados de Atención Residencial para Personas Mayores en el Estado en la cual alerté sobre el maltrato sistemático que ocurre en estos lugares, muchas veces en condiciones de abandono, fuera del alcance de las inspecciones y a espaldas de las autoridades.
Se planteó también la necesidad de establecer visitas periódicas, sin previo aviso, en horarios variables, y con una supervisión rigurosa del personal, la infraestructura y el cumplimiento normativo, desafortunadamente esa iniciativa se encuentra rezagada en comisión.
No podemos estar reaccionando ante situaciones tan graves, y tan lamentables y más cuando se trata de la vida de las personas.
Hoy, la tragedia confirma que estos hechos pueden y deben prevenirse, siempre que exista voluntad política y coordinación institucional, por lo cual exhorto al titular de la Secretaría de Desarrollo Humano y Bien Común a efecto de realizar inspecciones, vigilancia y supervisión integral en los Centros Privados de Atención Residencial de Adultos Mayores en el Estado de Chihuahua, a fin de verificar sus condiciones de
operación, infraestructura, trato y cuidado a residentes, así como el total cumplimiento normativo, garantizando así la vida digna, seguridad y derechos de las personas adultos mayores

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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