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Chihuahua

Verifica Coespris calidad del agua y sanidad de pipas en Chihuahua y Juárez

Con el objetivo de proteger a la población de enfermedades relacionadas con el consumo de agua, la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, (Coespris) revisa periódicamente las condiciones físicas de los vehículos que distribuyen agua potable en la entidad.

Con la vigilancia sanitaria, se asegura que tanto la calidad del agua que es transportada, así como las condiciones del camión cisterna o pipa, sean las adecuadas para garantizar que el vital líquido sea apto para el consumo humano.

Por ello, debe estar libre de contaminantes objetables, ya sean químicos o agentes infecciosos, y que no causa efectos nocivos para la salud, lo cual se determina mediante la toma de muestras para su análisis.

Lo anterior en cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM-230-SSA1-2002 y a la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994.

Se supervisa que tanto el interior del vehículo, como los procesos de llenado, transporte y distribución, cumplan con las características sanitarias que permitan inocuidad, con la finalidad de que no representen riesgo de contaminación.

Los operadores de los vehículos cisterna, deben estar atentos para cerrar la escotilla, evitando que el agua se contamine, y que las mangueras estén colocadas de manera semifija para que no arrastren.

En el caso de la pintura externa e interna, vigilar que se encuentre en buenas condiciones para evitar acumulación de óxido o fugas, además de contar con la leyenda “Agua potable”, de forma legible y a la vista de las y los usuarios.

Se recomienda que los contenedores y recipientes en donde se entrega el agua, se encuentren tapados, lavados y desinfectados; también se exhorta a hacer uso de plata coloidal, yodo o cloro, en una medida de una o dos gotas por cada litro de agua, para su desinfección antes del consumo.

Esta semana, personal de Operación Sanitaria logró la verificación de 30 pipas en el municipio de Chihuahua, quedando pendientes solo 7; el próximo lunes comenzarán la verificación de 103 vehículos cisterna en ciudad Juárez.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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