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Chihuahua

¿Ya caíste en el fraude que se difunde en WhatsApp y ‘Face’?

Les llaman ‘rueda de la amistad’, flor de la abundancia’, ‘mándala’, ‘telar de la abundancia’, ‘círculo de la prosperidad’, ‘células de gratitud’ o ‘bolas solidarias’ esos son solo algunos nombres del fraude que se ha puesto de ‘moda’ en redes sociales como WhatsApp y Facebook.

El hecho de que estos defraudadores se puedan infiltrar entre tu círculo de amigos hace más difícil que se frene el engaño.

Hace unos días una afectada señaló que fue un familiar quien la invitó a participar en ‘el telar de la abundancia’, le dijo que era un proyecto de mujeres para mujeres y ella cayó.

Han sido detectadas en Morelos, Puebla, Ciudad de México, Nuevo León y Coahuila, pero parece que el engaño se multiplica en otras entidades.

¿CÓMO OPERAN?

Algún conocido, familiar o amigo te invita a participar, asegura que con una inversión inicial de dinero en poco tiempo podrás obtener hasta 8 veces más el monto inicial.

Enseguida te enteras que existe un organizador, esa persona está en el centro de la flor (en el caso de la Flor de la abundancia) o en la cima de una pirámide, esta persona es a la que se le entrega el dinero.

El organizador cuenta con dos personas de apoyo que son los encargados dereclutar a dos personas más cada uno y estos a su vez se convertirán enreclutadores, así siguen sucesivamente hasta ganar el mayor número de miembros posible.

Los reclutados deben dar una aportación, a veces son 3 mil pesos, para otros 24 mil, 27 mil, no existe una cifra única.

Pero si alguien no tiene dinero, hay algunos en la flor o la pirámide que se ofrecen a prestarles con tal de que se queden. También se habla de ‘regalos’ que en ocasiones es recibir la inversión inicial y esto engancha más a la gente.

Deben cumplir con la promesa de que cuando reciban su dinero pagaran el doble de lo que pidieron y también cumplir con una cuota de sus personas reclutadas.

LOS NUEVOS MIEMBROS

Siempre que existan nuevos ‘inversionistas’ el engaño continúa, pero hay un momento en que esto se vuelve insostenible y se rompe la cadena, llega la disolución del esquema antes de que quienes ya aportaron su dinero puedan recuperarlo. Así se consuma el fraude.

¿Por qué es tan viral este tipo de fraudes?

Básicamente mucha gente busca ganar dinero fácilmente, por lo que al prometerles que tras su inversión inicial de, por ejemplo 3 mil pesos, al cabo de 3 semanas van a recibir 24 mil pesos, eso los hace soñar y fantasear para todo lo que les alcanzará.

Instituciones especializadas en el ramo como la Condusef señalan que no pueden defender a los usuarios en caso de que tengan problemas al invertir su dinero en alguno de estos esquemas ‘pirámide’, ya que ni son una institución financiera debidamente regulada, ni tampoco una figura legalmente reconocida.

Antes de entregar tu dinero o entrarle a uno de estos esquemas infórmate sobre cómo funciona, checa los plazos, los riesgos, busca instituciones debidamente autorizadas y reguladas, que cuenten con un seguro de depósito.

Busca bancos, cajas de ahorro o sociedades financiera populares conocidas como Sofipo.

También ingresa al Buró de Entidades Financieras para conocer cuáles son las instituciones autorizadas y reguladas.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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