Política
A 18 años del primer debate en televisión
CIUDAD DE MÉXICO, 10 de junio.- El primer debate transmitido por la televisión mexicana rumbo a la Presidencia comenzó el 12 de mayo de 1994, entre los tres principales contendientes: Ernesto Zedillo, del Partido Revolucionario Institucional, quien a la postre ganaría la elección; Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, de la Revolución Democrática; y Diego Fernández de Cevallos, de Acción Nacional.
Seis años después, en el 2000, hubo dos debates. El primero, se efectuó el 25 de abril, convocó a los seis candidatos registrados: Francisco Labastida Ochoa del PRI; por tercera vez competía Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, postulado por una alianza de izquierda; Vicente Fox Quesada, de la coalición PAN-PVEM; el ya fallecido Gilberto Rincón Gallardo, del Partido Democracia Social; Porfirio Muñoz Ledo, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; y Manuel Camacho Solís, del Partido de Centro Democrático.
El segundo debate se realizó el 26 de mayo y fue moderado por el periodista Ricardo Rocha.
La percepción de la gente hacia Fox fue que el panista había ganado el debate. Un mes después ganaría las elecciones convirtiéndose así en el primer presidente del PAN.
En las elecciones de 2006 se llevaron a cabo dos debates, el primero se efectuó el 25 de Abril y el segundo fue para el 6 de Junio de 2006.
En el primer debate solamente asistieron cuatro de los cinco candidatos presidenciales. El candidato del PRD, PT y Convergencia, Andrés Manuel López Obrador, decidió no asistir.
En esta elección los candidatos eran Felipe Calderón Hinojosa por el Partido Acción Nacional, Roberto Madrazo Pintado por la Alianza por México, Patricia Mercado por el Partido Alternativa Socialdemócrata y Campesina y Roberto Campa Cifrián por el Partido Nueva Alianza.
En aquel debate las acusaciones se centraron entre los candidatos del (PRI), Roberto Madrazo, y el de Acción Nacional, Felipe Calderón.
Al segundo debate acudieron todos los candidatos. El 2 de julio Felipe Calderón ganaba las elecciones.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
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