Chihuahua
Al final habrá 2 mausoleos de Villa
Luego de que el INAHy el INBA, así como la sociedad civil de la capital chihuahuense, se opusieron al proyecto de mover el monumento que Villa mandó construir en 1920, el gobierno que encabeza César Duarte ha decidió dejar la tumba en su lugar y sustituirla por una réplica
“Será como en los museos, que luego se acude a réplicas, porque no se pueden tener los originales, siempre habrá opiniones que estén a favor y en contra”, afirma el arquitecto Carlos Carrera Robles, encargado del proyecto que originalmente contemplaba mover de su lugar original la cripta de Pancho Villa, y ahora será construir una copia.
Luego de que el INAHy el INBA, así como la sociedad civil de la capital chihuahuense, se opusieron al proyecto de mover el monumento que Villa mandó construir en 1920, el gobierno que encabeza César Duarte ha decidió dejar la tumba en su lugar y sustituirla por una réplica.
“El mausoleo ya no se moverá del lugar en donde está, estamos evaluando la posibilidad de hacer una réplica que va a estar respaldada por una moldura en bronce que ya está prácticamente por quedar listo. No se va a remover, la decisión fue a raíz de las expresiones que hubo a favor y en contra y el gobierno decidió abordar el tema de diferente manera y que fuera ahora una réplica”, explica Carrera Robles.
A principios de este año el gobierno estatal informó de sus planes para trasladar el monumento del Parque Revolución, antes sede del antiguo Panteón de Nuestra Señora de la Regla, a una de las plazas principales de la ciudad denominada Grandeza de Chihuahua. El movimiento que implicaba llevar pieza por pieza de cantera a más de un kilometro de distancia, fue rápidamente criticado por diferentes voces, el traslado formaba parte de un proyecto para promover turísticamente a Chihuahua por medio de la figura de Pancho Villa.
Carrera Robles explica que la estimación presupuestal estará lista en unos diez días junto con el proyecto técnico, “la obra estimamos que durará entre tres y cuatro meses”. La franja que elabora la escultora Edysa Ponzanelli estará listo también en dos meses y el gobierno espera concluir su colocación en noviembre próximo. 
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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