Chihuahua
Aportará Federación casi 160 mdp en materia de Previsión Social
El día de ayer se llevó a cabo en el Salón 25 de Marzo de Palacio de Gobierno, la Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Interinstitucional del Estado de Chihuahua para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia 2014.
El día de ayer se llevó a cabo en el Salón 25 de Marzo de Palacio de Gobierno, la Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Interinstitucional del Estado de Chihuahua para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia 2014.
En dicha sesión, se dio un informe detallado de todos los avances físicos y financieros por parte del Estado bajo los lineamientos que dicta el Programa Nacional de Prevención del Delito 2014 por parte de la Federación para la buena implementación de estos recursos.
El Subsecretario de la SEGOB, el Licenciado Luis Miguel Ortiz Sada, dijo estar muy contento y comprometido con Chihuahua por cumplir con los lineamientos en forma y tiempo, a la vez que precisó que es éste estado el que cuenta actualmente con el mayor apoyo económico en todo el país por parte de la Federación en materia de contención y prevención del delito.
También dijo que el esfuerzo que se ha hecho por parte de los municipios y el estado se ha visto recompensado y a su vez, exhortó a todas las instancias que participan en esta comisión interinstitucional a seguir trabajando con más ahínco en la prevención social.
Los municipios en los que se estarán invirtiendo estos importantes recursos son Guadalupe y Calvo, Parral, Chihuahua capital y ciudad Juárez, siendo casi 160 millones de pesos el apoyo para este 2014.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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