Chihuahua
Casi el 100% de pensionados cobran por medio de banco
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha generado un gran avance en materia del acreditamiento bancario de prestaciones económicas de sus derechohabientes pensionados en Chihuahua.
En diciembre de 2011, Chihuahua se encontraba dentro de la media de Acreditamiento en Cuenta Bancaria en el país, con un 98.56%, al mes de marzo de 2012, se elevó hasta un 99.23% de sus pensionados que reciben su pago con tarjeta, disfrutando así los diversos beneficios que éste sistema ofrece, entre ellos la seguridad en el cobro bancario.
Los principales beneficios de este sistema de pago son:
* Se evitan riesgos al no portar la totalidad del efectivo, reduciendo así tiempos y fechas de espera para recibir la pensión.
* Disponibilidad de dinero el primer día del mes sin importar que sea inhábil, para el cobro de su pensión en cajeros automáticos de las sucursales bancarias y centros comerciales de todo el país, las 24 hrs., los 365 días del año.
* Cuenta bancaria sin cobro de comisiones, con posibilidad de realizar compras en negocios afiliados con su tarjeta de débito, y a su vez, realizar retiros de efectivo.
* Posibilidad de realizar transferencias bancarias incluyendo pagos de servicios como luz, teléfono y agua.
Si eres pensionado y aún no cuentas con este nuevo sistema de pago, solicita la cuenta de “Pensionado” en el banco de tu preferencia, acude a nuestras ventanillas o llama al 01 800 623 23 23 para mayor información.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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