Política
Conoce la forma correcta en que debes votar
El Instituto Federal Electoral lanzó una serie de puntos que especifican en qué casos el voto se podría anular debido a errores al momento de marcar el voto.
De acuerdo a su lista, el voto podría ser anulado en el caso de que hubiera dos taches que marquen a dos candidatos diferentes, marcar fuera del recuadro, marcar toda la boleta, hacer anotaciones en algún lugar de la boleta que no sea el espacio para registrar a un candidato o dejar la boleta en blanco.
Y es que en las boletas, en los casos donde haya coaliciones, aparecerán los emblemas de los partidos por separado compartiendo el nombre del candidato.
Por ejemplo: en el caso de la contienda presidencial hay dos coaliciones: la de Enrique Peña Nieto (PRI, PVEM) y la de Andrés Manuel López Obrador (PRD, PT y Movimiento Ciudadano). Para votar hay hasta tres opciones: votar sólo en un cuadro donde esté el nombre del candidato preferido, votar en dos de los cuadros o en tres (sólo en el caso de López Obrador) que contenga el mismo nombre.
Si se marcan dos o más emblemas con el mismo nombre del candidato, se contará un solo voto al candidato y un voto a cada partido.
Recuerda que si tachas dos cuadros con nombres de candidatos diferentes, se anula el voto.
Voto blanco: Se considera voto blanco o nulo a todas las boletas que fueron inválidas.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
-
Resto del mundo24 horas agoTurista indio fallece tras colisión de helicópteros cerca del Everest
-
Resto del mundo22 horas agoEl voto latino, clave en elecciones intermedias de EE. UU. 2026
-
Dinero22 horas agoImpacto de elecciones en EU 2026 en mercados financieros
-
Resto del mundo23 horas agoEstados Unidos exige a Venezuela liberar a prisioneros políticos


You must be logged in to post a comment Login