Chihuahua
Desfalco en la Coespris podría llegar a los nueve millones de pesos
La cifra del robo cometido por el ex funcionario de la Comisión Estatal para la Prevención de Riesgos Sanitarios (Coespris) podría llegar a los nueve millones de pesos.
La cifra del robo cometido por el ex funcionario de la Comisión Estatal para la Prevención de Riesgos Sanitarios (Coespris) podría llegar a los nueve millones de pesos.
Según la información arrojada por el caso, se han detectado diversas irregularidades en el manejo de recursos que se encontraban a cargo de Jorge Arturo Ostos Molina.
De acuerdo a las fuentes extraoficiales Ostos Molina tenía a su cargo presupuestos millonarios, así como administrar los que son asignados a la dependencia, por lo tanto tenía control del dinero que la instancia recaudaba.
Por su parte, la Coespris señaló que no dará datos relacionados con la investigación, sin embargo el Secretario de Salud ya envió instrucciones de lo que se debe hacer.
El administrador de esta comisión fue detenido debido a que no se ha podido determinar quién dispuso de más de un millón de pesos que tenía bajo su responsabilidad, además de que desapareció varios días de su centro de trabajo.
Además de que enfrenta un proceso legal por el faltante, el funcionario podría recibir sanciones administrativas, que pueden alcanzar hasta los 10 años de inhabilitación en el servicio público.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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