Chihuahua
El Vive Bus seguirá, no vamos a regresar al pasado: Transportes
“No vamos a regresar al pasado, porque este es un servicio de vanguardia, que debe ser mejor por mucho, que el que se estaba prestando, y desde luego las rutas alimentadoras deben mejorar los tiempos de recorrido, e incluso superarlos”, expresó categóricamente el director de transporte, Jaime Enríquez.
“No vamos a regresar al pasado, porque este es un servicio de vanguardia, que debe ser mejor por mucho, que el que se estaba prestando, y desde luego las rutas alimentadoras deben mejorar los tiempos de recorrido, e incluso superarlos”, expresó categóricamente el director de transporte, Jaime Enríquez.
Expresó que aunque no es aún satisfactorio al 100% el servicio de las rutas de alimentación, gradualmente se ha estado recuperando con ventajas para el usuario, gracias a concertaciones que se han hecho con los concesionarios y al anuncio de cancelación de la concesión a quienes no respondieran.
Reiteró que es difícil construir e implementar un sistema de transporte en dos días, sin embargo se comprometió a que en dos semanas y dos días dará inicio el período de adaptación y las rutas alimentadoras estarán satisfaciendo las demandas al 100% con un mejor tiempo de recorrido del usuario.
Indicó que las rutas no han cambiado, el único corte se realiza al llegar a las terminales del Vivebús, por lo que si alguna persona detecta que alguna ruta ya no circula por su colonia, lo reporte al 070, a fin de que los malos operadores sean sancionados. En este punto, destacó que la mayoría de los choferes están muy comprometidos con el sistema, con su trabajo y con los chihuahuenses.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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