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Chihuahua

Exigen ciudadanos poner nombre a monumento en honor a Cuauhtémoc

Un ex colaborador del ayuntamiento de éste municipio denuncia a través de una fotografía en su página de Facebook el descuido en el que ha durado una de las más emblemáticas estatuas de ésta ciudad, el monumento al último tlatoani mexica, Cuauhtémoc, cuya figura reposa en una semiglorieta en el entronque de la Calzada 16 de Septiembre y la calle Morelos.

Juan Ramón Camacho destaca en su fotografía: «Pues yo pienso que su valentía amerita que se recuperen las letras de su nombre, a menos que en Presidencia Municipal consideren que no sea necesario.»

El actual docente, gracias a ésta denuncia destacó hechos e información relevante como el origen de que no tenga nombre éste monumento debido a que fueron los mismos empleados de Servicios Públicos municipales, quienes, por limpiar las letras, terminaron limpiando la estatua, pero de nombre, y no regresaron a colocarlas.

Desde su muro (página) en dicha red social, hace un llamado, inmediatamente apoyado por la ciudadanía para que el alcalde Rafael Martínez López, solucione a la brevedad éste hecho dónde -como la imagen lo prueba- la falta de letras tiene sin nombre a la estatua más significativa de Cuauhtémoc.

Las peticiones de los ciudadanos y alumnos de Juan Ramón Camacho, así como datos e historia que llevaron a los cuauhtemenses a tener éste monumento sin nombre, así como las actualizaciones sobre el tema, pueden leerse en la siguiente dirección de Facebook:

https://www.facebook.com/juanramoncamacho

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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