Política
IFE solicita tres cadenas nacionales el 1 de julio
El Instituto Federal Electoral (IFE) solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) realicé los trámites correspondientes ante los concesionarios y permisionarios de radio y televisión para que el primero de julio, se enlacen en cadena nacional en tres ocasiones.
Así lo informaron los consejeros Alfredo Figueroa Fernández y Francisco Javier Guerrero Aguirre, quienes precisaron que dichos enlaces serán a las nueve de la mañana, el segundo al filo de las ocho de la noche y el último a las 11:45 en el cual el consejero presidente, Leonardo Valdés Zurita, presentara a los mexicanos las tendencias de la votación con base en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y el conteo rápido.
El consejero Alfredo Figueroa Fernández, preciso que en el primer enlace en cadena nacional, participarán las y los integrantes del colegiado y en el que se exhortara a la ciudadanía a emitir su sufragio.
“Desde luego ha estado presente la decisión de mantener la cadena nacional, evidentemente a las 11:45 en la que se darán los resultados del conteo rápido y del mismo modo habrá una cadena nacional al filo de las nueve de la mañana al inicio de la elección, informando sobre la votación, sobre el arranque de la elección y una esencialmente al cierre y esto ocurre en todo el país y es además el momento –en todos los usos de los horarios del país- en casi la mayoría del país a las seis de la tarde, pero en otros momentos hasta las ocho de la noche y además es el arranque del PREP, entonces, es el momento en donde las personas podrán consultar será de las ocho de la noche, un poco antes de las ocho de la noche”.
En tanto que el consejero Francisco Javier Guerrero Aguirre, precisó que el hecho de que ya se tenga acordado tres enlaces en cadena nacional, no quiere decir, que por algún otro motivo se pueda solicitar a la Secretaría de Gobernación más enlaces.
“El Instituto Federal Electoral va a reaccionar cuantas veces sea necesario, ante cualquier situación que merezca el conocimiento el pueblo de México, en ese sentido ustedes lo han visto en los días recientes hemos intensificado nuestra comunicación directa con los ciudadanos y mantendremos este tono. Estas tres cadenas que han sido ya manifiestas, que ha explicado el consejero Figueroa tiene como propósito tres momentos muy importantes de la jornada electoral, son momentos digamos ordinarios dentro del proceso electoral, cualquier cadena adicional tendría que obedecer a criterios de carácter extraordinario, lo que es importante es que se sepa que el IFE no va a mantenerse callado ni va a estar en silencio ante situaciones que se vayan presentando, vamos a estar siempre en comunicación directa y ese es uno de los acuerdos que tuvimos hoy en la mesa”.
Interrogado si estos más enlaces estarían vinculados con actos violentos, a lo que Francisco Javier Guerrero Aguirre, sólo dijo que serán ante cualquier situación que sea de relevancia.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
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