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Chihuahua

Lanzan convocatoria “Canto a México; Cantemos a la Tierra”

Podrán participar niñas y niños de entre ocho y 12 años en la modalidad de coros y de hasta 12 años en la modalidad de intérpretes.

La convocatoria estará abierta hasta el día primero del mes de octubre, a quienes les interese podrán inscribirse en la sede de Sedesol en Chihuahua.

Este evento se realiza de la mano con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, con el fin de incentivar la participación comunitaria y fortalecer el tejido social para brindar un mejor futuro de los niños de todo el país.

“El canto es corazón, alma y alegría; entusiasmo y armonía; camino para llegar a los valores que se inculcan desde la familia en la construcción de sociedad más justa, plural y democrática”, expresó el Titular de la Sedesol, Heriberto Félix Guerra.

Por su parte, Arturo Fuentes Vélez, delegado de Sedesol en el estado, anunció que en esta tercera edición del Festival Nacional Infantil “Canto a México” dedicada a la tierra, podrán participar niñas y niños de 8 a 12 años de edad en el caso de coros y hasta de 12 años en el caso de solicitas, así como compositores del estado, en dos modalidades: interpretación y composición y coro infantil.

Hasta el primero de octubre, las personas interesadas podrán presentar sus canciones en la Delegación de Sedesol en Chihuahua para dar paso a las semifinales estatales y regionales, de donde saldrá el concursante solista que participará el 19 de noviembre en la gran final, a realizarse en el Auditorio Nacional.

El coro ganador en la semifinal estatal, pasará directamente en la final nacional en la ciudad de México.

Las inscripciones para el 3er Festival Nacional Infantil “Canto a México…Cantemos a la Tierra” están abiertas desde ahora en la delegación de Sedesol en Chihuahua, ubicada en Av. Pacheco 1205 Col. Obrera.
Para mayores informes, los interesados pueden consultar la página electrónica de la Sedesol: http://www.sedesol.gob.mx/ o llamar al 614 4109094 Ext. 40607

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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