Connect with us

Chihuahua

Marzo, mes de la conciliación laboral: Fidel Pérez Romero

Durante la inauguración de la Feria del empleo en Chihuahua, el Secretario del Trabajo y Previsión Social Fidel Pérez Romero, señalo que el mes de marzo será el mes de la conciliación laboral.

En el que se pretende que los involucrados en algún conflicto de este tipo puedan convenir y llegar a buen término.

Para lograr disminuir en buena parte las demandas laborales, la dependencia estatal inició la semana pasada tanto en las ciudades de Hidalgo del Parral  como en Juárez, brigadas de conciliación en las que gracias a la buena voluntad de las partes intervinientes, se obtuvieron resultados muy positivos en ambos lugares, por lo que se decidió que el mes de marzo sea conocido como el de los convenios y las negociaciones.

Las Juntas de Conciliación y Arbitraje y las Procuradurías de la Defensa del Trabajo de Chihuahua, Juárez, Delicias, Parral y Nuevo Casas Grandes; así como las inspectorías del trabajo en Ojinaga, Camargo, Jiménez y Madera, estarán recibiendo a todas las personas que se encuentren inmersas en algún conflicto o demanda laboral, para que a través de la instancia correspondiente, por medio del diálogo y la negociación con la otra parte involucrada, se llegue a una solución positiva para ambos.

Para cualquier información de esta campaña conciliatoria, las personas interesadas pueden comunicarse al número telefónico (614) 429 3300 ext. 12101 y 12127.

Cabe destacar que próximamente, el estado de Chihuahua será el primero a nivel nacional, en implementar los juicios orales en materia laboral, con el fin de que tanto los patrones como los trabajadores puedan arreglar prontamente sus conflictos, conservando así  el buen clima laboral que actualmente se tiene en la entidad, para que esto redunde en la conservación y generación de nuevos empleos.

Redacciòn: Corina Muruato

DSCF0877

Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement

Más visto