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Chihuahua

¡México se atrasa con pagos de agua! Ante sequía Texas exige que se le pague

Cuatro congresistas federales del estado de Texas exigen a México que libere en el Río Bravo el agua que ha almacenado en sus presas, principalmente las que se ubican en el estado de Chihuahua, pues dicho estado norteamericano se encuentra atravesando una sequía y México se ha retrasado en sus pagos de agua.

Los congresistas que representan la zona fronteriza desde el este del Condado de El Paso hasta la desembocadura en el Golfo de México, mencionaron que la deuda de agua que tiene México con Estados Unidos es un tratado binacional que data de 1944.

Los congresistas demócratas Filemón Vela de Brownsville, Henry Cuéllar de Laredo, Rubén Hinojosa de Mercedes, así como Pete Gallego quien representa parte de El Paso y Alpine; le escribieron una carta a Eduardo Medina Mora, embajador de México en Washington y a Edward Drusina, titular de la Comisión de Límites y Aguas (CILA), pidiéndole que intervengan para asegurar el pago, del mismo modo están preocupados por las construcciones de nuevas presas, situación que restringiría el flujo hacia el río.

Los congresistas dijeron que si continúa la sequía en Texas y México no libera el agua la región sufrirá pérdidas agrícolas y los residentes también se quedarán sin el vital líquido.

Las misivas no mencionan una fecha límite en la que los congresistas esperan que sea pagado el caudal: sólo que les gustaría escuchar noticias pronto de los funcionarios mexicanos.

Fuente: OEM.

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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