Política
Preparan registro de candidaturas ante el IFE; los primeros serán Peña Nieto y Quadri
Al iniciar el periodo de registro de los aspirantes a la Presidencia de la República, los primeros candidatos electos que harán su solicitud ante el IFE serán Gabriel Quadri, de Nueva Alianza, y el priista Enrique Peña Nieto, el jueves 15.
Según el calendario del Proceso Electoral Federal 2011-2012, el registro de candidatos presidenciales se llevará a cabo del 15 al 22 de marzo, de manera que si proceden las solicitudes los abanderados partidistas iniciarán sus campañas el 30 de marzo.
De acuerdo con información del equipo de campaña del abanderado de Nueva Alianza, Quadri solicitará su registro en los primeros minutos del próximo jueves.
Representantes de la coalición Compromiso por México, integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), dieron a conocer que Peña Nieto acudirá el mismo día, a las 9:00 horas, a la sede del órgano electoral, para obtener su registro.
En tanto, el sábado 17 de marzo, a las 12:00 horas, la candidata electa del Partido Acción Nacional (PAN), Josefina Vázquez Mota, se presentará en las instalaciones del Instituto Federal Electoral (IFE) para solicitar su registro.
El registro ante el IFE del perredista Andrés Manuel López Obrador, candidato de la coalición Movimiento Progresista está previsto para el 22 de marzo; luego de que rinda protesta como candidato electo de su partido el 16 de marzo y por el PT el 18 de este mes, pues por el Movimiento Ciudadano ya lo hizo.
La coalición Movimiento Progresista está conformada por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano.
En entrevista, el consejero del IFE, Francisco Guerrero, comentó que recibieron información del secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo, en el sentido de que varios de los precandidatos han expresado su deseo de acudir a las instalaciones del órgano electoral.
Agregó que él, como consejero electoral, tiene interés de estar en el acto protocolario en que se recibirán las solicitudes de registro de los diversos precandidatos presidenciales.
Francisco Guerrero opinó que “esos días deben ser de fiesta para México, porque en un mundo tan convulsionado que los mexicanos sigamos optando porque las decisiones se tomen a través de los votos y la democracia y que los candidatos confíen en el IFE, debe ser motivo de algarabía”.
Aclaró que los precandidatos podrán hacer uso de la palabra durante la ceremonia de registro, por lo que tendrán garantizada su libertad de expresión, siempre y cuando no hagan llamados al voto o expresiones en torno a su plataforma electoral.
Sobre las resoluciones del IFE a la procedencia de las solicitudes de registro, respondió que la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos debe hacer un estudio legal sobre varias cuestiones, para presentar luego su dictamen al Consejo General.
Lo que se analizará, adelantó, serán los requisitos constitucionales y los legales y, con base en eso, “nosotros conoceremos de esas solicitudes y ya nos pronunciaremos”.
Política
Sancionarán a empresas o dueños del vehículo que transporte más de los permitido
03 de noviembre de 2026. -La sanción aplicará también si la carga supera las dimensiones y capacidad.
El Congreso del Estado, reformó la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en materia de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte; esto luego del dictamen presentados por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, a iniciativa de las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, presidente de la Comisión dictaminadora, expuso que la regulación en comento deberá aplicarse únicamente respecto de aquellos servicios, vehículos, vías y operaciones que se encuentren comprendidos dentro de la competencia normativa del Estado de Chihuahua, sin invadir el régimen jurídico aplicable al autotransporte federal.
“Con esta reforma se evita que la responsabilidad recaiga exclusivamente sobre el transportista cuando el sobrepeso se genera antes de que éste inicie el traslado; ahora se incorpora a: quienes contraten el servicio; propietarios de las instalaciones donde se carga; titulares de esas instalaciones; responsables de esas instalaciones y, además se establece que todos ellos sean “responsables directas y sujetas a sanción” cuando en esas instalaciones se incorpore exceso de peso.
La reforma al artículo 63 de dicha Ley, quedó de la siguiente manera:
Artículo 63. Las personas físicas o morales propietarias y/o titulares de las instalaciones en las cuales se realice la carga en exceso del producto y/o mercancías con fines de transporte por carretera, en vehículo sancionado por la Subsecretaria de Transporte; serán responsables directas y sancionadas por la acción de incorporar mayor peso del permitido según el vehículo de que se trate.
Se procederá a emitir las sanciones correspondientes cuando se detecte una unidad que exceda más de una tonelada, de la cantidad prevista en el Reglamento respectivo.
Lo anterior, con independencia de las sanciones que se haga acreedor el transportista por el traslado de exceso de peso.
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