Chihuahua
Terminan en empate técnico las elecciones internas del PAN
Empate técnico van a segunda ronda en el PAN, Héctor Ortiz Orpinel consiguió el 41% de la votación con un total de 2 mil 456 sufragios, Mario Vázquez Robles obtuvo el 40.3% con 2 mil 414 votos, en tercer lugar Ramón Galindo con mil 118 votos que representan el 18.6% de los sufragios, una cuarta parte de los panistas no se interesó por esta contienda. La segunda votación será el domingo 4 de mayo.
Empate técnico van a segunda ronda en el PAN, Héctor Ortiz Orpinel consiguió el 41% de la votación con un total de 2 mil 456 sufragios, Mario Vázquez Robles obtuvo el 40.3% con 2 mil 414 votos, en tercer lugar Ramón Galindo con mil 118 votos que representan el 18.6% de los sufragios, una cuarta parte de los panistas no se interesó por esta contienda. La segunda votación será el domingo 4 de mayo.
La encargada de dar a conocer los resultados fue la presidenta de la Comisión Estatal Electoral interna, quien fue flanqueada por los dos candidatos finalistas y el actual presidente estatal interino Eduardo Fernández.
Mario Vázquez señala que está estudiando y recibiendo los informes de todo el proceso paraevaluar en las próximas horas la posibilidad de presentar o no impugnaciones.
Héctor Ortiz le revira en la conferencia de prensa: «yo voy por el voto de los panistas, así como lo hicimos en toda la campaña, estoy muy agradecido con quienes nos apoyaron y le mando un saludo a Ramón Galindo, quien hizo una excelente participación en esta jornada».
Tras lo cual Mario Vázquez vuelve a tomar la palabra y también agradece a los panistas que hicieron una jornada electoral excepcional, «que participaran más del 70% de los panistas del estado nos dice que el panismo está vivo y que hubo mucho interés en este proceso».
La regla interna del PAN señala que para que un candidato fuera declarado ganador en la primera ronda debería de obtener más del 33% de los votos y que obtuviera una diferencia de más de 5% del segundo lugar, al final Ortiz obtuvo sólo un 0.7% de ventaja de sólo 42 votos.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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