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Chihuahua

Urge IMSS a evitar excesos en días santos

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con motivo de los “Días santos”, recomienda no abusar del consumo del alcohol, ya que aumenta el riesgo de accidentes, debido a que perturba los reflejos y acentúa la sensación ilusoria.

En promedio siete de cada diez personas ingieren más de cinco copas por ocasión, lo que incrementa el riesgo de sufrir accidentes y enfermedades como la cirrosis hepática o la enfermedad alcohólica del hígado.

La Coordinación de Salud Pública del IMSS exhortó a la población y sobre todo a los jóvenes a cuidarse en estas fechas; el alcoholismo es un serio problema en nuestro país ya que ocupa uno de los diez primeros lugares de mortalidad, pues está relacionado con accidentes de tráfico, enfermedades cardiovasculares, hemorragias cerebrales, pancreatitis alcohólica, además predispone la presencia de diabetes mellitus e hipertensión arterial.

El Instituto invita a crear una mayor conciencia de los daños a la salud que ocasiona el consumo excesivo de alcohol, y a saber identificar los factores de riesgo para evitarlos; y si su conducta cambia al ingerir bebidas etílicas, mejor abstenerse totalmente de beber; ya que esta enfermedad no se cura, únicamente se controla de por vida.

El IMSS mencionó que es importante recordar que la diversión no va de la mano con el alcohol, al contrario, el exceso enferma y es causa de desgracias.

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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