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Chihuahua

Varados 49 camarguenses en medio del desastre natural de Acapulco

Un grupo de 49 personas oriundas del municipio de Camargo se encuentran en medio del desastre natural ocurrido en el puerto de Acapulco.

Un grupo de 49 personas oriundas del municipio de Camargo se encuentran en medio del desastre natural ocurrido en el puerto de Acapulco.

El colectivo en cual se encuentran cinco menores de edad pertenece a la congregación católica de Adoradores Nocturnos, mismos que se encuentran varados en Acapulco desde el pasado sábado, procedentes de un viaje al Cerro del Cubilete y la Basílica de Guadalupe en una Convención Nacional de la congregación habían aprovechado el viaje para pasar el fin de semana en la playa antes mencionada.

De acuerdo a lo informado por diversos medios, así como a las autoridades del Estado de Guerrero cerca de 40 mil turistas procedentes de diversas entidades se encuentran en esta misma situación luego de los estragos causados por la tormenta tropical Manuel y el huracán Ingrid.

“Estamos bien. El hotel que ocupamos disminuyó su tarifa diaria de 350 a 60 pesos como apoyo. Los sacerdotes de la catedral de Acapulco nos han proveído alimentación. Esperamos que las carreteras se restablezcan al día de hoy”, señaló vía telefónica Candelario Villanueva Gardea, integrante del grupo de camarguenses varados.

Por su parte, el acalde de la ciudad de Camargo, Arturo Zubía aseguró que enviará 10 mil pesos al grupo para que puedan solventar la situación en lo que pasa la contingencia.

Mientras que los sacerdotes locales organizan colectas para respaldar la estancia de estas personas.

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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