Por mayoría de votos, fue aprobada el día de hoy la minuta de proyecto enviada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la cual contiene la Reforma a la Constitución Política de México, a fin de modificar nuestro sistema jurídico energético.
Se trata de la reforma a los párrafos cuarto, sexto y octavo del artículo 25; el párrafo sexto del artículo 27; los párrafos cuarto y sexto del artículo 28; y la adición de un párrafo séptimo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 27; un párrafo octavo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de energía.
Al hacer uso de la tribuna, el Presidente de la Comisión Legislativa Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, Eloy García Tarín señaló que en el tiempo actual México requiere de un cambio en el sistema energético, mismo que funcionó en el pasado, pero que en la actualidad necesita de un soporte que garantice e impulse el desarrollo de la Nación.
Cabe señalar que en el documento en mención, se afirma que de seguir con el actual modelo, habría un alto grado de probabilidad de no solo detener la industria, sino de menoscabar la economía de los mexicanos y paralizar a la Nación.
Por otra parte, es importante remarcar que con esta reforma ya constitucional, se señala que tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones.
Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria. Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos, las empresas productivas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.
Por último, la Ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas productivas del Estado, así como el régimen de remuneraciones de su personal, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas, con base en las mejores prácticas, y determinará las demás actividades que podrán realizar.
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