Chihuahua
Repintarán líneas de los carriles del Periférico de la Juventud
Durante jornadas nocturnas de 23:00 hasta las 03:00 horas se pintarán las líneas de los carriles del periférico de la Juventud.
Durante jornadas nocturnas de 23:00 hasta las 03:00 horas se pintarán las líneas de los carriles del periférico de la Juventud.
El titular del área de Ingeniería Vial, Raúl Sáenz afirmó que una flotilla de seis hombres trabajará durante jornadas extraordinarias para pintar cerca de 40 mil metros en la arteria vial.
El periodo que llevará concluir la segmentación de los carriles, así como los señalamientos y flechas sobre el pavimento, será de aproximadamente 15 días.
Con al menos 45 puntos de riesgo a lo largo de sus 15 kilómetros de extensión y una circulación diaria de 165 mil vehículos, el periférico De la Juventud es hoy la vialidad más peligrosa del estado, pues hasta ayer, en los primeros 10 meses del año, sumaba 164 accidentes vehiculares y más de dos mil desde que fue construido, que han dejado cinco personas sin vida en el 2013, y a más de 100 desde que fue creado, números rojos que con sólo recorrerlo se pueden observar las causas, ya que en al menos tres kilómetros ni siquiera se encuentran pintadas las rayas que delimitan los carriles, lo que deja al descubierto la omisión y desatención de la que es objeto.
Fuente: El Heraldo de Chihuahua.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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