La senadora panista Sonia Mendoza Díaz fue ampliamente criticada y bautizada por usuarios de redes sociales como #LadyBandera, luego de que publicó en su cuenta de Facebook una fotografía en la que aparece frente a una Bandera de México que lleva su nombre bordado en letras doradas arriba del Escudo Nacional.
La legisladora del PAN por San Luis Potosí publicó la imagen en su cuenta de Facebook el 31 de diciembre, y de inmediato fue blanco de críticas de los internautas, al considerar que Mendoza Díaz violó la legislación que regula el uso de los símbolos patrios.
La oleada de comentarios provocó que la legisladora retirara de su cuenta la imagen y publicara un escueto comunicado, para aclarar que “existe un irrestricto respeto hacia nuestros símbolos patrios, tanto en lo personal, como en mi función como Senadora de la Republica”.
La comunicación, aparentemente escrita por su equipo de trabajo, establece que “la legisladora aclaró que este estandarte fue un obsequio y bajo ninguna circunstancia es una modificación de la Bandera de México y mucho menos ha sido utilizado más allá de ser un elemento que le acompaña en su oficina”.
A pesar de que la senadora retiró la fotografía de su cuenta personal de Facebook, la imagen se viralizó rápidamente y desató una avalancha de críticas.
Uno de los comentarios, publicado por José Antonio Losa Rolandi en su cuenta de Facebook, fue dirigido a la propia legisladora:
Senadora…. como representante en el senado de nuestro pueblo y con los conocimentos basicos de civismo no me queda claro que aceptara como regalo un labaro patrio modificado y aun así se tomara una sesión fotografica con NUESTRA Bandera Nacional cuando nuestra carta magna lo PROHIBE repito ….en primaria nos enseñaron a respetarla y honrarla por favor de por si esta muy golpeada no la dignifique mas gracias (sic)”.
La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales establece que, con autorización de la Secretaría de Gobernación, “las autoridades, las instituciones o agrupaciones y los planteles educativos, podrán inscribir en la Bandera Nacional sus denominaciones, siempre que esto contribuya al culto del Símbolo Patrio. Queda prohibido hacer cualquiera otra inscripción en la Bandera Nacional”.
En el artículo 56 de la citada legislación se menciona que “las contravenciones a la presente Ley que no constituyan delito conforme a lo previsto en el Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en materia de fuero federal, pero que impliquen desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor, con multa hasta por el equivalente a doscientas cincuenta veces el salario mínimo, o con arresto hasta por treinta y seis horas”.
Sonia Mendoza Díaz es abogada, senadora de mayoría relativa por el PAN y representa al estado de San Luis Potosí. Es integrante de las comisiones senatoriales de Estudios Legislativos Primera, de la Reforma del Estado y de Puntos Constitucionales.
Excelsior