La Secretaría de Gobernación dio a conocer este martes el decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
Aunque el documento establece las multas en días de salario mínimo vigente en el lugar de los hechos, aclara que deberán adecuarse a la unidad de medida y actualización equivalente que se prevea en el sistema penal.
Esta ley establece penas de 15 a 25 años de prisión y multa de 15 mil a 25 mil días de salario mínimo a quien sustraiga o aproveche hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin consentimiento.
Se sancionará a quien compre, enajene, reciba, adquiera, comercialice, negocie, resguarde, transporte, almacene, distribuya, posea, suministre, oculte, altere o adultere hidrocarburos sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Esas conductas se sancionarán con dos a cuatro años de prisión y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo cuando la cantidad sea menor o equivalente a 300 litros; y prisión de cuatro a ocho años y el pago de cuatro mil a ocho mil días cuando la cantidad sea mayor de 300 a mil litros.
Cuando la cantidad de hidrocarburo sea mayor a mil, pero menor de dos mil litros se impondrán de ocho a 12 años de prisión y multa de ocho mil a 12 mil días; y cuando sea igual o mayor a dos mil, la pena será de 10 a 15 años de cárcel y el pago de 10 mil a 15 mil días de salario mínimo.
Esta ley establece que a quien auxilie, facilite o preste ayuda, por cualquier medio para la realización de las conductas antes descritas se impondrá hasta tres cuartas partes de las penas correspondientes.
Además, se sancionará de cinco a 10 años de prisión y multa de cinco mil a 10 mil días de salario mínimo al que invada las áreas de exclusión a bordo de una embarcación y que utilice bandera o matrícula apócrifa simulando su propiedad a favor de algún asignatario, contratista, permisionario, distribuidor o naviero.