Chihuahua
Corral debe hacer su chamba y dejar al poder judicial hacer la suya: MORENA
Javier Corral Jurado debe combatir la violencia desbordada en nuestro Estado, solicitar órdenes de aprensión al juez es una facultad que le corresponde al ministerio publico, las declaraciones hechas ante medios de comunicación demuestran o ignorancia del gobernador o un autoritarismo en el que la división de poderes es sólo cuestión discursiva, expresa Martín Chaparro.
MORENA considera que Corral debe de cumplir la promesa de llevar a Duarte a la cárcel, pero su tarea es facilitar al poder judicial todas las pruebas que considere necesarias para ello, dar declaraciones ante los medios de comunicación en las que solicita órdenes de aprensión al respecto es tarea única y exclusiva del ministerio público y ante un Juez competente.
Corral debería estar en estos momentos dando conferencia de prensa sobre la violencia desbordada en el Estado y la forma en la que se contendrá y combatirá, de lo contrario, pareciera que el caso Duarte y colaboradores es sólo un escape a la situación tensa que vive el estado.
Tal pareciera que la política en el estado se volvió un juego de cartas en el que dependiendo de la gravedad de los acontecimientos, el gobernador saca una carta de la manga para distraer la atención, curiosamente se da celeridad al caso Duarte después de los hechos ocurridos en Rubio y el sentido ataque al gremio de periodistas.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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