Chihuahua
UACH, sede por primera ocasión en México del IX Congreso del Trejo Foster Foundation
La Universidad Autónoma de Chihuahua, a través de la Facultad de Filosofía y Letras es sede del IX Congreso del Trejo Foster Foundation, con la temática “Educación y Servicios Bibliotecarios: Conectando Fronteras” que se realizará del 5 al 6 de octubre organizado por el Cuerpo Académico de Bibliotecología y Ciencias de la Información.
La Fundación Trejo Foster Foundation nació en 1992 por iniciativa del Dr. Arnulfo Trejo. Logró cambios positivos en políticas públicas relacionadas con los servicios de información de comunidades hispanas en Estados Unidos.
El maestro Ascencio Baca, Secretario de Extensión y Difusión de la Facultad, comentó que la Fundación surgió con el objeto de modificar leyes y algunas políticas públicas para beneficiar a estudiantes de programas de Bibliotecología y Ciencias de la Información de Estado Unidos, a fin otorgar becas para comunidades hispanas.
Agregó que a pesar de ser la novena edición, este es un caso especial, ya que es la primera vez que se realiza fuera de la Unión Americana.
Se contará con la presencia de expositores de talla internacional como la Dra. Camila Alvídrez; el Dr. Álvaro Quijano, del Colegio de México; el Mtro. Jesús Cortez de la UACJ y la participación de catedráticos e investigadores de la Facultad de Filosofía y Letras de la UACH.
Cabe destacar que el Cuerpo Académico de Bibliotecología y Ciencias de la Información de la Unidad Académica está conformado por el Dr. Javier Tarango; el Dr. Gerardo Ascencio Baca; la M.B.T. Laura Patricia Murguía y el Dr. José Refugio Romo González.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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