Las autoridades podrán exigir-durante una infracción, incidente vial o alguna emergencia- el seguro obligatorio a todos los conductores de automóviles, esto a partir del 1° de enero del año siguiente.
Así, los vehículos que transiten en caminos, vías y puentes federales, deberán contar con un seguro que garantice a terceros el pago de los daños que pudieran ocasionar en sus bienes y personas, en casos de un accidentes viales.
La aseguradora Quálitas aconseja cumplir con este requisito antes de salir a carretera, ya que, de otra forma, los conductores podrían ser sancionados con multas que oscilan entre los 20 y 40 días de salario mínimo.
En 2013 se emitió una ley en el Diario Oficial de la Federación que reglamenta el tránsito de los vehículos en vías, caminos y puentes federales,” explicó el director de Suscripción y Tarifas de Quálitas, Víctor Castillero.
Esta disposición, añadió, tuvo varias etapas, hasta llegar al 2019, en donde se determina que el seguro no sólo debe cubrir a las personas, sino también a sus bienes.
En caso de que un conductor ya cuente con cualquier otro tipo de póliza, no es necesario que adquiera el Seguro Obligatorio, debido a que estos productos ya cuentan con la cobertura de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.