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Chihuahua

Habilita Gobierno Municipal dos refugios temporales las 24 horas por contingencia climática

Ante la posibilidad de que el temporal lluvioso permanezca durante el día y las bajas temperaturas se sigan presentado todo el fin de semana, la Coordinación Municipal de Protección Civil informa que al medio día de hoy serán abiertos dos refugios temporales en los centros comunitarios Mármol III y Tricentenario, por lo que se exhorta a la comunidad a tomar las debidas precauciones para evitar incidentes o enfermedades.

El encargado de despacho de dicha dependencia, Joel Estrada Castillo, informó que, ante la contingencia climática, la instrucción del alcalde Marcó Bonilla fue en el sentido de apoyar a quien lo necesite y a las familias que se vean afectadas por las lluvias o frío en viviendas de zonas periféricas de la ciudad, habilitando dos refugios temporales las 24 horas hasta nuevo aviso.

Los refugios temporales están ubicados en el centro comunitario Mármol III, en calle Eusebio Castillo #8400 de la colonia Mármol lll en la zona sur; y en el centro comunitario Tricentenario, en calle lateral Dostoyevsky y calle Andazola #14701 en colonia Chihuahua 2094 en la zona norte de la ciudad, donde se brindará alimentos y bebidas calientes a quienes acudan.

Es importante destacar que para la correcta operación de estos refugios se generó un “Manual Operativo de Atención a la Población en Riesgo en Refugios Temporales durante la Contingencia por COVID-19”, mismo en el que se encuentran todos los lineamientos con los que se deberá operar para brindar el mejor servicio a quien así lo necesite con las medidas necesarias de seguridad e higiene.

Lo anterior conforme al pronóstico del Servicio Meteorológico Nacional y al anuncio de una tormenta invernal, debido al frente frío número 11, asociado a una masa de aire polar que prevé para este viernes la temperatura máxima será de 9°C, y mínima de 5°C con viento moderado de hasta 23 kilómetros por hora. Para el sábado máxima de 17°C y mínima de 5°C con cielo nuboso, en tanto el domingo también se estima que haya nubosidad y temperaturas entre 16°C y 5°C.

Es por eso que se recomienda a la población acatar recomendaciones y estar pendiente de los avisos de la autoridad, igualmente, llamar al 9-1-1 ante necesidad de apoyo para traslado a los Refugios del municipio.

Recomendaciones:
-Conducir a velocidad moderada y con luces encendidas
-No salir a menos que sea necesario
-Abrigarse adecuadamente y cubrir boca y nariz al salir de casa
-Evitar exponerse a cambios bruscos de temperatura
-No exponerse a corrientes de aire frío
-Consumir bebidas calientes

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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