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Chihuahua

Cesan de su cargo a director del Centro de Salud Mental

La Secretaría de Salud, a través del Instituto Chihuahuense de Salud, destituyó a Óscar Ramón Gutiérrez Nevárez y nombró director interino del Centro de Salud Mental a Luis Márquez Romero, luego de que un grupo de 97 médicos y enfermeras sindicalizados exigieron su destitución por maltrato laboral, tras manifestarse ayer a primera hora en las instalaciones del nosocomio.

La Secretaría de Salud, a través del Instituto Chihuahuense de Salud, destituyó a Óscar Ramón Gutiérrez Nevárez y nombró director interino del Centro de Salud Mental a Luis Márquez Romero, luego de que un grupo de 97 médicos y enfermeras sindicalizados exigieron su destitución por maltrato laboral, tras manifestarse ayer a primera hora en las instalaciones del nosocomio.

De acuerdo a lo señalado ayer por el vocero de la dependencia, Javier Valenzuela, el doctor Márquez Romero se desempeñaba como subdirector de la unidad hospitalaria, quien se hará cargo de manera provisional de las funciones de dirección en tanto se designa al titular definitivo.

«Este cambio se realiza luego de escuchar los planteamientos de trabajadores sindicalizados del Cesame, quienes de manera pacífica y fuera de su horario de labores se manifestaron este lunes solicitando mejores condiciones laborales», explicó Valenzuela, quien agregó que el caso tuvo atención directa del secretario Sergio Piña Marshall, quien recibió en su oficina a los manifestantes.

Las inconformes protestaron de forma pacífica; el servicio médico a los pacientes y consulta se prestaron de manera normal, ya que incluso se acordó que sólo fueran los médicos psiquiatras y enfermeros que atendieran el turno nocturno los que se manifestaron la mañana de ayer.

El Instituto Chihuahuense de Salud se comprometió a continuar en la gestión de mejores condiciones para el desempeño de las tareas médicas.

De igual forma se dio a conocer que Gutiérrez Nevárez continuará prestando sus servicios de psiquiatría dentro del Centro de Salud Mental en reconocimiento a su larga trayectoria profesional.

Fuente: El Heraldo de Chihuahua.

 

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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