El Instituto Nacional Electoral (INE) cumple en tiempo y forma las actividades, plazos y mecanismos de colaboración estipulados en el Convenio General de Coordinación y Colaboración, firmado para la organización y desarrollo del Proceso Electoral Local Ordinario, en conjunto al Organismo Público Local Electoral de Chihuahua (OPLE).
Alejandro Scherman, vocal ejecutivo de la Junta Local del INE, informó que en materia de candidatos independientes se cumple la responsabilidad de revisar, en la Lista Nominal de Electores, la vigencia de las credenciales para votar que los aspirantes a una candidatura independiente presenten para respaldar el apoyo ciudadano, ante el Instituto Estatal Electoral.
“Ni la Junta Local Ejecutiva, ni la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE, tienen facultades o atribuciones legales para intervenir en la recepción o verificación física de las rubricas o copias simples de la credencial de elector que entreguen los aspirantes a candidatos independientes ante el Instituto Estatal Electoral, en ninguna de las entidades con proceso electoral local durante el presente 2016”, afirmó Scherman.
Indicó que la verificación de la validez de las credenciales se realiza a través de un mecanismo previsto en el convenio de colaboración, el cual obedece a los ordenamientos de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la atribución que el instituto tiene para el manejo exclusivo del Padrón Electoral, conferida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El mecanismo obliga a la autoridad electoral local a entregar, en los tiempos y términos del convenio, un archivo electrónico con la información que se verificará en la Lista Nominal de Electores: Estado, Nombre completo del ciudadano, Reconocimiento Óptico de Caracteres, Código de Identificación de Credencial y Clave de Elector de la Credencial para Votar.
La información es integrada y encriptada en el archivo electrónico por el mismo Instituto Estatal Electoral.
La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE, una vez recibida la información, verifica la base datos confidenciales de la Lista Nominal de Electores y corrobora la concordancia de las claves de elector proporcionadas informando en un lapso de cinco días el resultado de la verificación, a fin de que se determine los conducente para el registro de Candidatos Independientes, lo cual es una atribución del Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral.
Scherman exclamó que el mismo procedimiento se aplicará para verificar la información electrónica que, a más tardar el próximo veintiuno del presente marzo, deberá entregarse por parte de la autoridad electoral local para corroborar la concordancia de las claves de elector que proporcionen los aspirantes independientes a los cargos de presidentes municipales, síndicos y legisladores locales para el estado de Chihuahua.