México
Piden a empresas evitar multas y cumplir con el pago de utilidades
Una vez terminado el periodo para presentar las declaraciones anuales, todas las empresas o personas morales, así como las personas físicas con actividad empresarial que tienen personal subordinado a su cargo, tienen la obligación de entregar la parte de la utilidad generada por la empresa que le corresponde a los trabajadores, también conocida como PTU. Lo anterior de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).
De acuerdo con Mirna Ortega, Gerente de Servicios y Especialista en Nómina y Seguridad Social en la empresa Software SICOSS, señala que el pago de la PTU debe hacerse en los 60 días posteriores a la declaración del Impuesto Sobre la Renta anual (Art. 122 LFT) de la compañía; impuesto que debió haberse presentado como máximo en los tres meses siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal (Art. 10 LISR) de la compañía.
Si sus empresas son personas morales, la PTU deberá pagarse a los colaboradores en el mes de mayo; o bien, en junio si son personas físicas. Asimismo, “en caso de incumplimiento con los plazos establecidos las empresas se harían acreedoras a una multa que oscila entre 250 a 5000 UMAs equivalentes a $18,872 pesos como mínimo y $377,450 pesos máximo” destaca la especialista.
Aunque existen empresas de nueva creación, durante el 1er año de funcionamiento; organizaciones de reciente operación, que elaboran un producto nuevo por los dos primeros años de actividad; la industria extractiva reciente, por el periodo de exploración; instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines de beneficencia, asistenciales y culturales que quedan exentas de este pago.
Afortunadamente, las empresas pueden optimizar tiempo y recursos, así como cumplir a tiempo y en forma con la ley, al generar un cálculo de la PTU libre de errores y emitir el reporte de proyecto PTU – documento exigido por la LFT y que deberá publicarlo a los trabajadores – con el uso de modernas herramientas tecnológicas como Software SICOSS, un innovador sistema 100% mexicano que ofrece soluciones apegadas a la legislación de la nómina mexicana.
“Un correcto proceso de la PTU, permite que la organización gane una imagen sólida como empresa socialmente responsable, protege su reputación ante el cliente interno (trabajadores) y externo (proveedores, acreedores e instituciones fiscalizadoras), así como también mejorará su relación con los empleados y lo más importante, evitará desembolsos innecesarios, ahorrando mucho dinero evitando el pago de multas”, continúa Mirna Ortega.
La especialista citó algunos de los casos que, de acuerdo con el Art. 126 de la LFT se exceptúan de repartir PTU: Empresas de nueva creación, durante el 1er año de funcionamiento (plazo contado a partir de la fecha de alta en la SHCP), organizaciones de reciente operación que elaboran un producto nuevo, por los dos primeros años de actividad; industria extractiva reciente por el periodo de exploración; instituciones de asistencia privada sin fines de lucro y el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines de beneficencia, asistenciales y culturales.
Finalmente, Mirna Ortega, invitó a las personas morales y físicas con actividad empresarial a cumplir en tiempo y forma con esta responsabilidad patronal, pues además de ser un derecho contenido en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un importante elemento de motivación y reconocimiento al esfuerzo de todos los colaboradores.
Para conocer más sobre cómo optimizar este proceso ingresa a www.softwaresicoss.com.mx
CINCO REGLAS para determinar el cálculo de la PTU:
El monto a repartir se divide en dos partes iguales, comprendiendo el número de días laborados y la percepción salarial devengados en el año (Artículo 123 LFT).
La base anual de días laborados debe descontar permisos sin goce de sueldo, ausentismos (justificados o injustificados), suspensiones e incapacidades por enfermedad general (Artículo 124 LFT). No se incluyen incapacidades por riesgo de trabajo ni maternidad (pre y post natales), ya que se consideran como trabajadores en activo (Artículo 127-IV).
No se tiene que incorporar al cálculo a los directores, gerentes o administradores generales (Artículo 127-I LFT); los asimilados a sueldos y a profesionales, técnicos, artesanos y otros que, en forma independiente, prestan sus servicios a una empresa. También a empleados eventuales con menos de 60 días laborados y trabajadores domésticos.
El tope del salario base para los trabajadores de confianza, se calculará tomando el salario más alto del trabajador sindicalizado más un incremento del 20% (Artículo 127-II LFT). En caso de no existir la categoría de sindicalizados, se determinará el sueldo mayor del trabajador de confianza.
Trabajadores con retribución variable, se calculará la PTU en base a un salario diario obtenido del promedio de las percepciones obtenidas en el año. La PTU no cobrada del ejercicio anterior se adicionará a la utilidad repartible del siguiente ejercicio (Art. 122 LFT) y este derecho preescribe en un año (Art. 516 LFT) y ante caso de muerte del trabajador, los familiares tienen derecho a cobrar el importe pertinente (Art. 115 LFT).
Fuente: Software Sicoss
México
México pierde prestigio internacional, afirma Marko Cortés en el Senado
El senador Marko Cortés Mendoza, presidente de la Comisión de Organismos Internacionales del Senado, criticó la gestión de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) durante la comparecencia del canciller Roberto Velasco Álvarez, en el marco del segundo informe de gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum. Cortés cuestionó la falta de ejecución de la extradición de Rocha Moya y el senador Inzunza, quienes enfrentan acusaciones por presuntos delitos de narcotráfico, y cómo esto podría haber impactado los acuerdos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Durante su intervención, el legislador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (GPPAN) afirmó que la Cancillería ha convertido a México en cómplice del silencio ante las dictaduras más severas del continente. “México ha perdido su prestigio como referente internacional de paz y de derecho humanitario. Secretario, tiene un reto enorme porque tiene un pésimo gobierno”, expresó Cortés, dirigiéndose a Velasco.
El senador también hizo hincapié en la obligación de los funcionarios de comparecer ante el Senado, subrayando que en un país que se dice democrático, no es un favor, sino un deber. Lamentó que la secretaria de Gobernación y el secretario de Seguridad Pública no asistieran a una reunión de trabajo, lo que consideró una falta de transparencia al realizarse “en lo oscurito y sin la presencia de los medios de comunicación”.
Cortés recordó el compromiso del canciller al ser ratificado por el Senado para respaldar el proceso de revisión del T-MEC 2026, que debía extender su vigencia hasta 2042, y que, según él, ha fracasado en su objetivo.
El senador cuestionó directamente al titular de la SRE sobre el impacto que tuvo la decisión del gobierno mexicano de no ejecutar la solicitud de detención provisional con fines de extradición contra Rocha Moya e Inzunza en el proceso de revisión y extensión del T-MEC. “Díganos en apego a la verdad, ¿qué tanto afectó en este proceso que el gobierno mexicano decidiera no ejecutar la solicitud? Porque recordará que solo dos meses después de la solicitud, Estados Unidos decidió negarnos la extensión de 16 años del T-MEC”, concluyó.
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