El senador por Morena, Cruz Pérez Cuéllar, dio a conocer que el Senado de la República, aprobó establecer el principio de paridad de género en 8 leyes y reformó 31 ordenamientos para instituir dicha paridad en la designación de cualquier cargo público, que vendrán a contribuir a la consolidación de una democracia más justa, incluyente e igualitaria.
El legislador morenista, detalló que se aprobó establecer el principio de paridad de género en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley Federal de Competencia Económica y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Además, de establecer la paridad en la Ley del Banco de México; la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.
Explicó el senador chihuahuense, que dentro del paquete de reformas en materia de paridad género, se aprobaron además dictámenes relativos a la Ley General de Partidos Políticos que incluye la obligación de que los partidos garanticen la prevención, atención y sanción de la violencia política en razón de género.
En relación a la la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se modificó para incorporar el principio de paridad de género previsto en el artículo 94 constitucional; la obligatoriedad de juzgar con perspectiva de género y la conformación de los óranos jurisdiccionales.
En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se facultó a las autoridades electorales federales y locales para solicitar a las autoridades competentes medidas de protección, análisis de riesgo; emitir medidas cautelares específicas en materia de violencia política en razón de género.
De la misma manera, se legisló en relación a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, mediante la cual se incorpora como una nueva modalidad la violencia política en razón de género y se consigna la definición de la misma, se enlistan las acciones u omisiones que constituyen violencia política en razón de Género.
En la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se establecen las agravantes por la comisión de delitos electorales, cuando su comisión involucre violencia política en razón de género.
En la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se prevé la procedencia explicita del juicio para la protección de los derechos políticos, en el supuesto de que las mujeres consideren que son víctimas de violencia política en razón de género.
De la misma manera, el senador destacó reformas a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, para responder a la necesidad de contar con información estadística oficial y unificada sobre el fenómeno de la violencia política y poder dimensionar su incidencia y las condiciones en que se presenta.
Agregó Pérez Cuéllar, que además el Senado de la República, reformó 31 ordenamientos para establecer la paridad de género en la designación de cualquier cargo público, que vendrán a resaltar la importancia y trascendencia de la participación de la mujer en la vida de la función pública.