Política
México busca presidente: El «Know How» de Segundo a Segundo.
Por Nadia Sosa Vázquez. @NotiSaS
La elección del 2012
Desde el 7 de octubre comenzó en México el proceso electoral para renovar las representaciones de los Poderes Ejecutivo y Legislativo señaladas en la Ley como elecciones federales, así como 15 locales, denominadas concurrentes, para la renovación de sus poderes Ejecutivo y Legislativo, y de Ayuntamientos. El proceso concluirá el 1ero. de julio del 2012 y qué es lo que se elegirá, quienes la dirigirán, sus etapas, quienes son los candidatos y cuánto costará, según lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Electoral y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), es así:
¿Qué elegiremos?
Los estados unidos mexicanos se rigen bajo un gobierno republicano organizado en tres poderes llamados también como de la Unión (artículo 49 de la Constitución), el Ejecutivo (que administra los recursos del país y que reside en la figura del Presidente), el Legislativo (responsable de las leyes de gobierno y convivencia de la población dividido en las Cámaras de Senadores y de Diputados), y el Judicial (encargado de la administración de la justicia cuya dirigencia corresponde al Supremo Tribunal de Justicia de la Nación), en los dos primeros casos sus integrantes son electos por el voto popular y en el último son designados por la Cámara de Senadores (artículo 76 fracción VIII) a propuesta de la Presidencia de la República.
Asimismo a ellos corresponde la vigilancia para que permanezca el estado de derecho que garantice un país soberano con ciudadanos libres en pleno ejercicio de sus derechos depositado en las leyes consignadas en la Constitución Mexicana o Carta Magna.
En este año se renovarán los poderes Ejecutivo y Legislativo mediante el voto de los ciudadanos en quienes por voluntad reside la soberanía nacional “… todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno” (artículo 39) y ejerce su soberanía a través de los Poderes de la Unión (artículo 41) para así ser una república “… democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos” (artículo 40) y que se logra a través del sufragio popular “… se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas” (artículo 41).
Así, la dirigencia del Poder Ejecutivo representada como Presidente de la República, será relevada y tendrá una duración de 6 años que comenzarían el 1 de diciembre del 2012 y concluiría el 30 de noviembre del 2018; se concursan 128 escaños en la Cámara Alta o de Senadores, 3 por cada entidad federativa y el Distrito Federal, 96 de manera directa o mayoría relativa y 32 por vía plurinominal o representación plurinominal de las 5 circunscripciones del país, con duración de 6 años en el cargo; asimismo 55 en la Cámara Baja o de diputados, 300 por el voto directo y 200 por la vía plurinominal de las 5 circunscripciones del país, vigentes por 3 años, en ambos casos a partir del 1 de septiembre.
En el Cofipe se establece que en las solicitudes de registro de candidatos tanto a diputados como senadores por los partidos o coaliciones, por lo menos el 40 por ciento debe ser de candidatos propietarios de un mismo género (artículo 219 fracción 1) salvo las de mayoría relativa o que se resuelvan en los procesos internos de los partidos según sus propias reglas (artículo 219 fracción 2). Así, las listas de representación proporcional deberán hacerse en cinco segmentos y por cada uno de ellos habrá dos candidaturas de género distinto de manera alternada (artículo 220 fracción 1). El mismo código contempla que de no cumplir el partido político tendrá 48 horas para remediarlo a partir de la notificación del IFE, de no hacerlo será amonestado y se le requerirá que rectifique sus listas en 24 horas, y de no hacerlo se negará el registro de las candidaturas correspondientes (artículo 221 fracciones 1 y 2).
Basado en ello, ante el IFE se registraron 120 candidaturas a diputaciones y 26 a senadurías correspondientes a postulantes del género femenino.
En el caso de las elecciones concurrentes en 15 entidades de la República, serán los institutos electorales estatales los encargados de organizarlas, y como está previsto por la Ley Electoral, las Juntas Distritales se encargarán junto con el IFE de la elección federal (artículo 152 fracción 1 incisos a-m).
Es prerrogativa de los ciudadanos votar y ser votados (artículo 35 fracciones I y II), es obligación votar y ejercer el cargo por el que resulten electos así como de funcionarios electorales (artículo 36 fracciones III, IV y V). Son ciudadanos los nacidos en México, mayores de 18 años y con un modo honesto de vivir, según se señala en el artículo 34 de la Constitución mientras que en el artículo 4º del Cofipe se especifica que el voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible y prohíbe la presión o coacción para ejercerlo (fracciones 2 y 3). Para hacerlo el ciudadano no puede ser integrante de más de un partido.
A través de los partidos políticos es cómo pueden competir en una elección para promover la participación popular como representantes del pueblo para “… hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público… sólo los ciudadanos podrá formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos” (artículo 41 fracción I).
¿Quién dirigirá la elección?
La organización, vigilancia y declaración de validez recae en el Instituto Federal Electoral (IFE) independiente en sus decisiones y funcionamiento a través de un Consejo General (artículo 41constitucional fracción V).
Está integrado por un consejero presidente y ocho consejeros con capacidad de decisión, así como representantes de los partidos políticos, consejeros del Poder Legislativo y un secretario ejecutivo; el presidente puede durar hasta 6 años en el cargo con posibilidad de reelegirse una vez y los consejeros electorales pueden durar hasta 9 años sin posibilidad de reelegirse. Ambas representaciones tienen voz y voto (artículo 110 fracciones 1, 3 y 6 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales).
En el caso de los consejeros del Poder Legislativo y los representantes de partido, estos tienen voz pero no voto, en ambos casos sólo puede haber un representante titular, por grupo parlamentario del Congreso de la Unión (por las dos cámaras) y por partido político inscrito ante el Instituto Federal Electoral, con hasta dos suplentes en el primero y uno en el segundo (artículo 110 fracciones 4 y 9 del Cofipe). Tanto consejero presidente como consejeros electorales no podrán tener otro empleo salvo participación en asociaciones académicas, científicas, culturales, de investigación o beneficiencia sin goce de sueldo (artículo 113 fracción 1 del Cofipe).
Son propuestos por los grupos parlamentarios del Congreso y se obliga a una consulta social respecto a los candidatos, que asimismo son validados por dos terceras partes de la Cámara de Diputados (artículo 41 constitucional fracción V). El Consejo General tiene como obligación realizar sesión ordinaria cada tres meses y extraordinaria a criterio del propio consejo pero una vez comenzado el proceso electoral establecido en la primera semana de octubre del año anterior a la elección, deberán reunirse una vez al mes como mínimo hasta que finalice el proceso (artículo 114 fracciones 1 y 2 del Cofipe).
Normalmente se divide para su organización en comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Organización Electoral, Prerrogativas y Partidos Políticos, Servicio Profesional Electoral, Registro Federal de Electores y Quejas y Denuncias, pero en época electoral las comisiones de Capacitación y Educación así como Organización se hacen una, cuyos consejeros son elegidos en el mes de octubre del año anterior a la elección y pueden estar integradas por no más de tres consejeros electorales y pueden participar a excepción de la comisión del Servicio Profesional de Carrera también los representantes del Poder Legislativo y los partidos con voz pero sin voto (artículo 116 fracciones 2, 3 y 4 del Cofipe).
El Consejo General deberá encargarse de la preparación de la elección, capacitación, educación cívica, geografía electoral, derechos y prerrogativas de los partidos políticos, actualizar el padrón electoral y listado nominal, impresión de materiales electorales, preparar la jornada electoral (el día de la votación) cómputos de los votos, declaración de validez y entrega de constancias a los elegidos como representantes populares, regular a los observadores electorales, encuestas y sondeos, expuesto todo a través de informes de los consejeros en sesiones obligadamente públicas (artículo 41 constitucional fracción V).
Etapas del proceso electoral.
El proceso electoral es cómo se reorganizan los Poderes que norman al Estado cada tanto para lograr la organización de los recursos y derechos del pueblo mediante elección democrática por el sufragio ciudadano, establecido en la Constitución Mexicana y en el Código Electoral de Procedimientos Electorales “… el conjunto de actos ordenados… realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión” (artículo 209 fracción 1 Cofipe).
Comprende cuatro etapas, preparación de la elección, jornada electoral, resultados y declaraciones de validez, y dictamen y declaraciones de la elección y de presidente electo (artículo 210 fracción 2 incisos a, b, c y d del Cofipe).
Preparación de la Elección.
Comienza en la primera semana de octubre del año anterior a la elección (en el actual el 7 de octubre del 2011) y concluye al iniciar la jornada electoral, pero antes el Consejo General determina en dónde se localizan cada una de las cinco circunscripciones plurinominales del país y demarcación territorial (artículo 210 fracción 3 y 209 fracción 2 del Cofipe). Termina hasta que sea declarada la validez de la elección del Presidente de la República y hasta que se resuelvan la impugnaciones respecto al proceso por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), lo que puede extenderse semanas después de haberse realizado el conteo de los votos de cada uno de los distritos electorales del país (artículo 210 fracción 1 del Cofipe).
Los partidos políticos deberán preparar e informar al Consejo General del IFE los procedimientos mediante los que elegirá a pre candidatos y candidatos 30 días antes de que comience el proceso electoral como máximo; de haber más de un pre candidato las pre campañas inicia en la tercera semana de diciembre del año anterior a la elección con una duración de hasta sesenta días (artículo 211 fracción 1 inciso a), luego los candidatos resultantes según el método de cada partido deben ser registrados entre el 15 y 22 de marzo del año de la elección (artículo 223 fracción 1 inciso a) y durarán las campañas 90 días (artículo 237 fracción 1) tres antes del día de la elección, tiempo de veda electoral, es decir, del 30 de marzo al 27 de junio del 2012 (artículo 237 fracción 7).
Esta etapa comprende asimismo la capacitación de funcionarios de casillas, integración de mesas directivas de casilla, registro de representantes partidistas ante el IFE, y se alista la documentación y material electoral para el día de la jornada.
Jornada Electoral.
Inicia el primer domingo de julio (registrado en día primero en el año 2012) desde las 8 de la mañana y concluye con la clausura de la casilla, cuando a las 6 de la tarde se cierra o hasta que se haya ido el último votante y se procede a entregar las actas a las Juntas Distritales o la Ejecutiva Local (artículo 210 fracción 4 del Cofipe).
Comienza con la instalación y apertura de casillas, y se centra en la votación de los ciudadanos, se desarrolla en la vigilancia del proceso, escrutinio y cómputo de los votos en la casilla una vez retirado el último votante, la clausura de esta y la remisión del expediente de boletas de votos y actas sumatorias; asimismo para la seguridad de ciudadanos, funcionarios electorales y candidatos se coordina el IFE con las autoridades federales y locales, así como para la vigilancia de que no ocurran actos ilegales durante la jornada (actos de proselitismo, coerción para favorecer a tal o cual candidato o partido, robo de urnas, “acarreo” de votantes para favorecer a un partido o candidato) y para que no se rompa la veda de alcohol, pues en ese día se prohíbe la venta de bebidas embriagantes que pudieran influir en actos vandálicos o violentos.
Resultados y declaraciones de validez de las elecciones.
Comienza al remitirse la documentación y expedientes electorales a los Consejos Distritales y concluye al computarse los votos y declarase la validez de la elección, hasta agotar, en su caso, las impugnaciones a esos resultados que debe resolver el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en última instancia (artículo 210 fracción 5 del Cofipe).
Los documentos llamados paquetes electorales serán entregados por los presidentes o funcionarios de casilla a los consejos distritales, depositados y salvaguardados por estos en el orden en que lleguen (artículo 290 fracción 1 incisos a, b, c y d) donde permanecerán hasta el día del cómputo, separando las especiales de las básicas con acta de por medio (artículo 290 fracción 2); la información preliminar de los resultados se dará por la suma de escrutinio y cómputo de las boletas en las casillas conforme se reciban hasta el plazo legal (artículo 291 fracción 1), las listas de los conteos se colocarán en cada sede de los consejos distritales (artículo 292 fracción 1) así como en el Programa de Resultados Electorales Preliminares o PREP a través de la página oficial del IFE www.ife.org.mx, y de los principales diarios del país con versión digital.
El cómputo distrital es la suma realizada por el Consejo Distrital anotados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas de cualquiera de los distritos del país (artículo 293 del Cofipe), comienza al miércoles siguiente del día de la jornada en esta ocasión el 4 de julio del 2012 cuando se instalan los consejos en sesión permanente para hacer primero el cómputo de la elección de presidente, diputados y luego senadores (artículo 294 fracción 1). Lo realizan los miembros del Servicio Profesional Electoral y para que se cumpla el objetivo de realizarla ininterrumpidamente el cómputo pueden ser suplidos o relevados (artículo 294 fracción 1 incisos a, b y c, fracciones 2 y 3), y asimismo se sumarán los votos en el extranjero (artículo 298).
Concluye al declararse la validez de los resultados y sigue la etapa en que se declaran formalmente a los relevos en la Presidencia de la República y las Cámaras de Diputados y Senadores, si los integrantes de las fórmulas en los dos últimos casos no resultaron inelegibles (artículo 296 fracción 1), sin embargo puede aplazarse si los resultados son rebatidos por los partidos políticos “… cuando exista indicio de que la diferencia entre el candidato presunto ganador de la elección y el segundo lugar en la votación es igual o menor a un punto porcentual, y exista desde el inicio de la sesión petición del representante del partido que postuló al segundo, el consejo distrital deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas… es indicio suficiente la sumatoria de los resultados de los partidos consignados en las copias de las actas de escrutinio cómputos de las casillas” (artículo 295 fracción 2), el miso supuesto aplica en la elección de diputados federales.
De haber impugnaciones, el presidente del Consejo Distrital deberá remitir la documentación electoral al TEPJF (artículo 301 fracción 1 inciso a), y se guardarán copias certificadas de las actas y documentación de los cómputos distritales (artículo 302), se depositarán y resguardarán y una vez resuelta la impugnación se destruirán al concluir el proceso electoral (artículo 302 fracciones 1 y 2).
Dictamen y declaraciones de validez de la elección y de presidente electo.
Esta etapa es la consecuente al haberse resuelto los recursos de impugnación o bien al no existir ninguno, y una vez aprobado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el dictamen del cómputo final y de las declaraciones de validez de la elección y del presidente electo (artículo 210 fracción 6 del Cofipe).
Se entregan las constancias entonces a los diputados federales y senadores electos o por mayoría relativa, así como a los de representación proporcional (artículo 311 fracciones 1 y 2).
Quiénes son los candidatos.
Para el principal cargo a disputarse por las siete agrupaciones políticas de México, la presidencia, los candidatos son cuatro, validados como tales en la sección extraordinaria del jueves 29 de marzo del 2012 del Consejo General del Instituto Federal Electoral, registrados dos por coaliciones y dos por partido. El plazo establecido por la Ley para el registro es de entre el 15 y 22 de marzo (artículo 223 inciso a del Cofipe).
Desde el viernes 30 de marzo comenzaron a promocionarse particularmente en radio y televisión como tales – por las restricciones de Ley para medios impresos y con el argumento de lograr la objetividad y equidad en las campañas -. La imagen, ofertas y propuestas de los cuatro serán difundidas durante hasta el 27 de junio – 90 días – en 19 millones de spots de radio y televisión a través de las 2 mil 355 emisoras de radio y televisión en el país.
Estos son los candidatos:
Por el PANAL (Partido Nueva Alianza), Gabriel Quadri de la Torre fue el primero en registrarse el 15 de marzo a las 00:01 horas.
Por la coalición PRI-PVEM (Partido Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México) Enrique Peña Nieto, el 15 de marzo a las 9 de la mañana.
Por el PAN (Partido Acción Nacional), Josefina Vázquez Mota fue registrada el 17 de marzo a las 9 de la mañana.
Por la coalición PRD-PT-Movimiento Ciudadano (Partido de la Revolución Democrática, del Trabajo y lo que antes era Convergencia), se registró a Andrés Manuel López Obrador el 22 de marzo a las 6 de la tarde.
Además de los que por la vía de la mayoría y la plurinominal competirán por los 500 escaños en la Cámara de Diputados y de 128 en la de Senadores, pero también se realizarán elecciones locales o concurrentes en 15 estados de la República incluidos 5 para gobernador y un jefe de gobierno. Estas son las entidades y los cargos de elección popular que se competirán:
-Chiapas, gobernador, 41 diputaciones y 122 ayuntamientos con un listado nominal de 3 millones de electores.
-Tabasco, 35 diputaciones, 17 ayuntamientos, listado nominal 1.5 millones.
-Yucatán, gobernador, 25 diputaciones, 106 ayuntamientos, listado nominal de más de 1.3 millones.
-Guanajuato, gobernador, 36 diputaciones, 46 ayuntamientos, 3.8 millones en listado nominal.
-Jalisco, gobernador, 39 diputaciones, 125 ayuntamientos, 5.1 millones en listado nominal.
-Distrito Federal, jefe de gobierno, 35 diputaciones, 16 jefes delegacionales, 7.2 millones en lista nominal.
-Morelos, gobernador, 30 diputaciones, 33 ayuntamientos, 1.4 millones en lista nominal.
-San Luís Potosí, 25 diputaciones, 58 ayuntamientos, 1.7 millones en lista nominal.
-Sonora, 33 diputaciones, 72 ayuntamientos, 1.8 millones en lista nominal.
-Nuevo León, 51 alcaldías, 44 diputaciones, 3.5 millones en listado nominal.
-Colima, 25 diputaciones, 10 ayuntamientos, 500 mil 680 ciudadanos inscritos en el listado nominal.
-Guerrero, 46 diputaciones, 81 ayuntamientos, 2.5 millones en listado nominal.
-Campeche, 35diputaciones, 11 ayuntamientos, 20 juntas municipales, 586 mil 926en listado nominal.
-Estado de México, 75 diputaciones, 125 ayuntamientos, 10.9 millones en listado nominal.
-Querétaro, 25 diputaciones, 18 ayuntamientos, 1.2 millones de ciudadanos en el listado nominal.
Cuánto costará.
El voto de los ciudadanos y en general el proceso electoral costará más de 10 mil millones de pesos, además del financiamiento a partidos políticos y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El Registro Federal de Electores reconoce a los ciudadanos inscritos en un padrón y en un listado nominal, en el primero están los que solicitaron inscripción al Instituto Federal Electoral para obtener una credencial, y en el segundo están los ciudadanos inscritos en el padrón con credencial para votar vigente.
En el padrón electoral hay 84 millones 537 mil 244 mexicanos registrados, y en el listado nominal más de 77 millones, la cobertura del IFE para este proceso es menor a la de su símil inmediato del 2006, un 99.6 por ciento del listado nominal contra poco más del 90 por ciento en esta ocasión, atribuible por el organismo a la falta de renovación de las credenciales con terminación 03 que no funcionarán para la elección del 2012 y principalmente por los que migraron de México.
Al IFE se le adjudicaron por el presupuesto de egresos de la federación para este año 15 millones 953 mil 900 pesos para el proceso electoral, 10 millones 661 mil 400 exclusivamente para gasto operativo y 5 millones 292 mil 500 pesos para el financiamiento público de los partidos políticos, más del 30 por ciento del total; se distribuye en mayor o menor cantidad de acuerdo con los resultados del último proceso y el número de militantes con los que cuenta cada partido:
PRI mil 644 millones 045 mil 752.34 pesos
PAN mil 299 millones 839 mil 541.66 pesos
PRD 690 millones 380 mil 307.94 pesos
PVEM 478 millones 911 mil 729.74 pesos
PT 361 millones 380 mil 307.94 pesos
Nueva Alianza 352 millones 192 mil 747.41 pesos
Movimiento Ciudadano 315 millones 363 mil 994.51 pesos
Fuentes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe);
www.ife.org.mx
México
No tengo contacto con Yunes. Que se pronuncie: Coordinadora de senadores panistas
Miguel Ángel Yunes Márquez no ha establecido contacto con miembros de la bancada panista, ni acudió a reunión donde refrendarían su postura en contra de la iniciativa de Andrés Manuel López Obrador
En medio de la expectativa por la ausencia de Miguel Ángel Yunes Márquez de la reunión de senadores panistas en donde refrendarían su intención de votar en contra de la Reforma al Poder Judicial, la coordinadora de la bancada en la Cámara Alta, Guadalupe Murguía, exigió al legislador pronunciarse en contra de la iniciativa enviada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Por medio de su cuenta verificada de la red social X, antes Twitter, la coordinadora de senadores del Partido Acción Nacional (PAN) confirmó los rumores sobre la imposibilidad de establecer contacto con el legislador originario de Veracruz. En ese sentido, le solicitó un pronunciamiento público contra la reforma al poder judicial.
“A partir del día de ayer, he dejado de tener contacto con Miguel Ángel Yunes Márquez. Como coordinadora de senadores del Partido Acción Nacional (PAN), le demando, con respeto pero con absoluta firmeza, se pronuncie públicamente en contra de la reforma judicial. Que cumpla su palabra ante la sociedad. La subsistencia de la República depende de la integridad, honor y patriotismo de las senadoras y senadores de oposición. No hay espacio para ambigüedades”. escribió en su perfil @LupitaMurguiaG.
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