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México

A ver si así me atiende: Madre buscadora va con AMLO vestida de beisbolista

Ceci Flores llevó la pala que ha utilizado para buscar a sus tres hijos desaparecidos en los años 2015 y 2019.

Ciudad de México. – La madre buscadora de Sonora, Ceci Flores, acudió por segundo día consecutivo a las afueras de Palacio Nacional, con el objetivo de reunirse con el presidente Andrés Manuel López Obrador y tratar el tema de las personas desaparecidas en México.

Sin embargo, en esta ocasión, la mujer fue vestida como beisbolista, bajo la esperanza de ser atendida.

“El día de hoy no vengo como madre buscadora, sino como beisbolista, a ver si así me atiende, porque él no atiende a madres buscadoras, sino beisbolistas”, dijo Flores, con jersey de los Yankees y gorra de los Blue Jays de las Grandes Ligas.

Al igual que ayer, la madre buscadora llegó con una pala, herramienta que ha utilizado para escavar en fosas clandestinas, y que el propio López Obrador pidió ayer que se la dejara.

“Tenemos muchas peticiones para el presidente, necesitamos que nos escuche, que nos atienda, pero que nos atienda él, que no mande intermediarios ni me mande a pedir la pala, porque la pala se la voy a entregar solamente a él”, reclamó Flores.

Ceci Flores es la fundadora del colectivo de búsqueda Madres Buscadoras de Sonora, y reclama haber sufrido la desaparición de tres hijos: Alejandro Guadalupe (2015), Marco Antonio y Jesús Adrián (2019).

Ha denunciado ser víctima de amenazas derivadas por su labor, motivo por el cual espera recibir atención de autoridades Federales, específicamente de AMLO.

Flores dejó abierta la posibilidad de “perseguir” al mandatario si es ignorada, y que lo hará con su pala, para entregársela y dejar en él la responsabilidad y obligación de buscar a las personas desaparecidas de México.

Recientemente el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), señaló que son 99 mil 729 personas desaparecidas que están en proceso de búsqueda en el país.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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