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Pronostican nuevo frente frío, descenderá la temperatura durante la semana

El Servicio Meteorológico Nacional pronostica para este miércoles temperatura mínima de 2° y máxima de 22°C
A causa de un nuevo frente frío podrían presentarse bajas temperaturas durante la mañana

Ante la llegada de un nuevo frente frío, la Coordinación Municipal de Protección Civil informa que los días miércoles y jueves se registrará un descenso de temperatura en el centro del país, afectando al territorio de Aguascalientes, por lo cual se prevé que se presenten mañanas frías durante los próximos días.

El comandante de la Coordinación Municipal de Protección Civil, José Franco Toscano, dio a conocer que, de acuerdo a los pronósticos emitidos por el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), el miércoles 22 de noviembre se espera una temperatura mínima de 2° y una máxima de 22° C, con viento frío procedente del noroeste, durante el día. Mientras que para el jueves 23 de noviembre podría presentarse una ligera recuperación con una mínima de 4° y una máxima de 23° C.

Franco Toscano indicó que una principales recomendaciones que hace la corporación es la de mantenerse informado sobre los pronósticos que diariamente se comparten a través del Facebook de Protección Civil Municipal AGS.

Compartió diferentes sugerencias enfocadas a la seguridad y prevención de enfermedades, entre las que se encuentran las siguientes: salir de casa bien abrigados, evitar cambios bruscos de temperatura, consumir frutas ricas en vitamina C, tomar abundantes líquidos y no encender fogones al interior de las viviendas para evitar intoxicaciones.

El responsable de Protección Civil en el municipio recordó que para esta temporada se espera la llegada de 43 frentes fríos que podrían afectar al territorio nacional, y lo más frío durante diciembre y enero. La dependencia se mantiene atenta a la información del SMN, para prevenir cualquier contingencia y brindar atención a la población más vulnerable.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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