Connect with us

Chihuahua

Inspecciona Rigoberto Machado la construcción de las nuevas oficinas del SNTSA en Gómez Farías

La sub Sección 8 del Sindicato Nacional de la Secretaria de Salud, con sede en el Municipio de Gómez Farías, contará en breve con instalaciones propias. Los avances en la obra superan ya el 80 por ciento, según fue constatado por los miembros del sindicato quienes realizaron una inspección encabezados por el lider estatal deL SNTSA Rigoberto Machado y el alcalde Manuel Herrera.

La sub Sección 8 del Sindicato Nacional de la Secretaria de Salud, con sede en el Municipio de Gómez Farías, contará en breve con instalaciones propias. Los avances en la obra superan ya el 80 por ciento, según fue constatado por los miembros del sindicato quienes realizaron una inspección encabezados por el lider estatal deL SNTSA Rigoberto Machado y el alcalde Manuel Herrera.

El Secretario General del Sindicato de Salud Rigoberto Machado Lozoya y parte del Comité de la sección 52 visitaron el municipio de Gómez Farías con el propósito de revisar los avances que se han realizado a la construcción de las nuevas oficinas de la sub Sección 8, mismas que se están construyendo con una inversión conjunta de parte del Sindicato y Ayuntamiento.

El líder sindical en compañía del alcalde Manuel Herrera Aguirre, revisaron las instalaciones de lo que será la sede de la sub sección de dicho municipio, así como del salón de eventos que será de gran útilidad para los eventos del gremio sindical.

En la visita se contó con la presencia del Secretario General de la sub Sección de Cuauhtémoc; Jaime Robles Granados, el Secretario de Casas Grandes; Juan José Cazares, además de Gerardo Tiscareño, Jaime Gameros y Salvador Robles Yáñez, miembros del comité de la Sección 52.

Cabe mencionar que Herrera Aguirre se comprometió a supervisar el progreso de este edificio para que esté terminado lo antes posible; esta infraestructura viene a ser un objetivo más que concreta el SNTSA.

Por otra parte, al término de la inspección dio inicio el convivio familiar que se realizó por el Día del Niño, los líderes sindicales participaron compartieron en una comida familiar, mientras que los pequeños disfrutaron de los “brinca brinca”, globos y dulces.

Al finalizar el evento, el líder sindical agradeció el apoyo y la calurosa bienvenida por parte del gremio.

079

Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

Continue Reading
Advertisement
Advertisement

Más visto