Chihuahua
Invita Secretaría de Cultura al tercer nivel de curso de idioma Tarahumar
El Programa Institucional de Atención a las Lenguas y las Literaturas Indígenas en coordinación con la Secretaría de Cultura, invitan al público en general, y en particular a promotores sociales, antropólogos, lingüistas, médicos, enfermeras y cualquier otra persona interesada en la etnia y la cultura tarahumaras, al Curso Intensivo de Idioma Tarahumar, tercer nivel que, con carácter gratuito, se impartirá en las instalaciones de la Secretaría de Cultura del Gobierno de Chihuahua.
El curso será impartido por la lingüista tarahumara Flor Esther Morales Moreno y las variantes incluidas serán el “tarahumar norte” (forma en la que están redactados los materiales escritos) y el “tarahumar cumbres” (lengua materna de la instructora). Dicho abánico introduce al estudiante a la cuestión de la diversidad dialectal rarámuri y lo capacita para entender diferentes hablas regionales.
El estudio inicia el próximo 24 de octubre con una duración de dos meses, de lunes a jueves, de 17:00 a 19:00 horas.
Los requisitos para tomarlo son los siguientes: a) acudir a inscribirse a las instalaciones de la Secretaría de Cultura ubicada en Av. División del Norte, esquina con Av. Universidad s/n, Col. Altavista de 9 de la mañana a 3 de la tarde, o por vía telefónica llamando al número 214-48-00 ext. 222 y 241, en el mismo horario; b) firmar una carta compromiso en la que el interesado acepta la responsabilidad de llevar el curso en su totalidad y de contribuir ulteriormente a la revalorización de los idiomas indígenas de Chihuahua; c) los materiales de trabajo son: cuaderno y pluma (o, en caso de ser posible, medios electrónicos y grabadora portátil).
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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