Conecta con nosotros

México

Libera PGR a 81 esclavos en rancho de Coahuila

La Procuraduría General de la República (PGR), liberó a 81 personas que eran explotadas laboralmente en el rancho denominado Nidia Edith, en la Comarca Lagunera de Coahuila, que incluso contaba con tienda de raya.
Luego de realizar un cateo en el lugar, el personal de la Subprocuraduría de Control Regional de Procedimientos Penales y Amparo (SCRPPA), detectó que los 68 hombres y 13 mujeres originarios de diversos estados, eran explotadas para laborar en condiciones infrahumanas en el cultivo de jitomate.

De acuerdo con una nota del Excélsior, los trabajadores quedaron bajo resguardo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, mientras que se detuvieron a seis hombres y a una mujer, entre ellos el responsable del rancho.

En la revisión participaron elementos de la Policía Federal Ministerial, peritos de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), efectivos de la Sedena, personal de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y de la Cruz Roja y el Ministerio Público de la Federación inició la carpeta de investigación por el delito de trata de personas en su modalidad de explotación laboral, en contra de quien o quienes resulten responsables.

 

Publimetro

México

SCJN impide a Lenia Batres votar en amparo de Salinas Pliego por publicaciones en X

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad, que la ministra Lenia Batres Guadarrama está impedida para participar en la resolución del amparo en revisión 492/2023, promovido por el empresario Ricardo Salinas Pliego.

La decisión se basa en publicaciones previas de Batres en redes sociales, que evidencian una postura negativa hacia el empresario, lo que, según la Corte, compromete la imparcialidad del proceso.

¿Qué significa esta decisión?

Cuando un juez o ministro participa en un juicio, se espera que lo haga de manera neutral, sin prejuicios en favor o en contra de ninguna de las partes. Si hay evidencia de que una de las partes puede no recibir un trato justo, se puede solicitar que dicho juzgador sea retirado del caso.

En términos legales, esto se llama “impedimento” y busca garantizar la imparcialidad en la justicia.

En este caso, Salinas Pliego promovió un amparo para impugnar la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de revisar su información bancaria sin una orden judicial. La ministra Batres había sido designada para revisar el caso, pero su imparcialidad fue cuestionada debido a comentarios previos en redes sociales donde criticaba públicamente al empresario y a sus empresas.

Las publicaciones que motivaron el impedimento

El comunicado de la SCJN citó varios mensajes de Batres en la plataforma X (antes Twitter), en los que se refirió a Salinas Pliego con términos despectivos y lo acusó de diversas prácticas irregulares. Algunas de las publicaciones destacadas incluyen:

  • En 2020, Batres señaló: “Salinas Pliego no atenta contra el gobierno, atenta contra la vida de los mexicanos. Exijo el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE”.
  • En otra ocasión, mencionó: “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe al país y estamos a mano”.
  • También lo llamó “MISERABLE MISERABLE MISERABLE” en referencia a su actitud empresarial.

Estas expresiones fueron consideradas por la Segunda Sala como evidencia de “enemistad manifiesta”, un criterio legal que justifica el impedimento de un juez o ministra en un caso donde se pueda presumir parcialidad.

El principio de imparcialidad en la justicia

El artículo 17 de la Constitución mexicana establece que toda persona tiene derecho a un juicio imparcial. Esto significa que quienes administran justicia deben actuar sin prejuicios, garantizando que las decisiones judiciales se basen en los hechos y la ley, no en opiniones personales o conflictos previos.

La decisión de la SCJN refuerza este principio,asegurando que el caso de Salinas Pliego sea evaluado por un juez que no tenga antecedentes de opiniones públicas en su contra. Ahora, el caso deberá ser reasignado a otro ministro que pueda analizarlo sin estos cuestionamientos.

¿Qué sigue en el caso de Salinas Pliego?

Con la salida de Batres del caso, la SCJN deberá designar a otro ministro para revisar el amparo en revisión 492/2023. Este recurso es clave en la disputa entre el empresario y la UIF, ya que podría sentar un precedente sobre los alcances del acceso a información financiera sin orden judicial.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto