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Chihuahua

Nombran nueva fiscal de ejecución de penas en Chihuahua

Con amplia experiencia en temas penitenciarios como funcionaria en varios estados de la República, la abogada chihuahuense Nora Angélica Balderrama Cano, fue nombrada nueva Fiscal de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, en sustitución de David Flores Carrete.

Egresada de la Universidad Autónoma de Chihuahua, Balderrama Cano, tenía poco tiempo de haber sido designada directora adjunta del Centro de Reinserción Social de Apodaca, Nuevo León (2018), estado en el que también se desempeñó como titular de los Centros de Internamiento y Adaptación para Adolescentes Infractores, del 2017 al 2018.

Antes, fue subsecretaria de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social del Estado de Tamaulipas (2015-2016), directora general de Prevención y Reinserción Social del Estado de San Luis Potosí (2015), subsecretaria de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social del Estado de Tamaulipas (2015-2016) y directora de Control de Ejecución de Sanciones, de la Subsecretaría de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social del Estado de Tamaulipas (2015).

En Chihuahua fue litigante de 1994 a 1998 y empezó su amplia carrera dentro del área de ejecución de Penas y readaptación social en 1999, como auxiliar Jurídico del Departamento de Prevención y Readaptación Social dependiente de la Dirección de Gobernación del Estado de Chihuahua.

Del 2004 al 2009, fue jefa del Departamento de Prevención y Readaptación Social de la Dirección General de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Chihuahua, y luego subdirectora de Prevención y Readaptación Social de la Dirección General de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Chihuahua, hasta el 2010.

Entre 2010 y 2011, fue directora de Prevención y Readaptación Social de la Fiscalía Especializada en Ejecución de Penas y Medidas Judiciales del Estado de Chihuahua. Fue en 2011 cuando salió del estado para integrarse como funcionaria en el Estado de Tamaulipas.

Por su especialidad, ha tenido, desde 2014, diversos cargos y responsabilidades en la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario y participado en sus eventos en distintas entidades del país.

También participó, en 2016, en las Mesas de Discusión y Análisis de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en las que la Secretaría Técnica para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal (Setec- Segob) Convocó a órganos implementadores, jueces y personal penitenciario de la Región Norte para que los operadores de dicha Ley conozcan los alcances y la trascendencia de la nueva norma procesal.

Fue parte del grupo de funcionarios y analistas que participó en la creación de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales del Estado de Chihuahua, vigente a partir de Enero del 2007, así como de las mesas de trabajo y análisis para las adiciones y reformas que ha tenido dicha Ley a la fecha.

Ha sido docente en la Universidad Regional del Norte, de Chihuahua, Chihuahua y en el Instituto de Formación Policial del Estado de Tamaulipas y ha dado cursos en diversos estados del país, además de que ha asistido como ponente a congresos nacionales e internacionales.

Es miembro de la Barra Mexicana Colegio de Abogados de Chihuahua, de la Federación Estatal Chihuahuense de Abogados y de la Federación Mexicana de Colegios de Abogados A.C. desde el año de 1996, ocupando distintos cargos en las Mesas Directivas en los periodos 2005-2007, 2007-2009 y 2009-2011.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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