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Chihuahua

Se amplían beneficios y prerrogativas del Fideicomiso “Policía Amigo”

El Fideicomiso Policía y Tránsito Amigo, amplió los beneficios para elementos
de la Comisión Estatal de Seguridad y de la Agencia Estatal de Investigación,
de acuerdo con el decreto LXV/RFDEC/0857/2018-XVI P.E. publicado el 19
de diciembre de 2018 en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.

El documento, adiciona el pago de gastos por servicios funerarios por la
cantidad de 40 mil pesos, al 100 por ciento en caso de fallecimiento; o bien, el
50 por ciento tratándose del deceso de los padres, conyugue o hijos; aunado a
los 35 mil pesos que son otorgados por el Gobierno del Estado.

Asimismo, un seguro de vida por fallecimiento por 250 mil pesos, sumado al
monto que entrega Gobierno por muerte natural de 127 mil 500 pesos o 255 mil
por fallecimiento en cumplimiento del deber policiaco; es decir se podría
alcanzar hasta los 500 mil pesos.

Además, se contempla el acceso a préstamos personales sin cobro de intereses
para ser descontado vía nómina en 24 quincenas, con un monto inicial mínimo
de 10 mil pesos.

Finalmente, se adicionó para los fideicomisarios una gratificación anual por
jubilación y/o pensión, que se establecerá conforme al porcentaje autorizada por
la institución que corresponda, dicho monto se fijará al 100 por ciento con base
en los años de servicio prestados.

El Fideicomiso “Policía Amigo” tiene por objeto el pago de daños y perjuicios
causados en forma culposa por los agentes de la Policía en el desempeño de sus
funciones; además el de proteger la vida, salud y patrimonio de los elementos
de las diferentes corporaciones.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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