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Chihuahua

Invita Sindicatura a foros informativos del Presupuesto Participativo 2021

La Sindicatura de Chihuahua invita a la ciudadanía a los foros informativos de la convocatoria del Presupuesto Participativo 2021, los cuales se llevarán a cabo los próximos 20, 21, 27 y 28 de agosto, en donde se brindará información y asesoría a las y los chihuahuenses interesados en la presentación de propuestas.

Los foros encabezados por la Sindicatura se llevarán a cabo los días 20 y 27 de agosto se en el Centro Comunitario “Diego Lucero”, ubicado en la calle Che Guevara número 1254 en la colonia del mismo nombre, en tanto que el 21 y 28 de agosto, se realizará en el Gimnasio de Box “Sueños de Guerrero”, en la colonia Jardines de Oriente, ambos en un horario de seis de la tarde a ocho de la noche.

Además de las sedes mencionadas, los foros se realizarán en 34 puntos más a lo largo y ancho de los cinco distritos que componen el municipio de Chihuahua, las cuales pueden ser consultadas en https://www.sindicatura.mx/informacion/prespuestoparticipativo

El Presupuesto Participativo es uno de los mecanismos de participación ciudadana que tiene como fin utilizar el cinco por ciento del presupuesto municipal para realizar acciones que sean presentadas y votadas por las mismas personas, ejerciendo su derecho a la participación social.

La convocatoria 2021 permanece abierta hasta el 30 de septiembre del presente año, por lo que la Sindicatura pone a disposición de todas las personas asesoría para el desarrollo de propuestas, en el teléfono 200-4800 ext. 5456, 5451 o a los correos [email protected] y [email protected], o bien, directamente en las oficinas en Av. Independencia 209 Col. Centro.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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