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Chihuahua

Llama Auditor Superior a Municipios para hacer un trabajo con pulcritud en el manejo de los recursos públicos

En reunión vía zoom con más de 100 funcionarios municipales entre ellos tesoreros y administradores de organismos descentralizados municipales, el Auditor Superior del Estado, Héctor Acosta Félix los invitó a cumplir cabalmente con el manejo de los recursos financieros de sus administraciones y evitar caer en irregularidades que se detectan a la hora de la fiscalización de cuentas.

Acosta Félix, explicó que, al hacer las revisiones en los municipios, las irregularidades que se han detectado son por causas recurrentes en la contratación para la adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos y obra pública, por lo cual hizo tres recomendaciones o principios que deben regir su actuar: “no pago lo que no está devengado, no pago lo que no tiene un contrato y no pago lo que no tiene entregables de acuerdo con el contrato”.

Principios que les permitirán cumplir con la responsabilidad de su encargo, dijo.

Lo más importante es que cada uno desarrolle las actividades de su encargo con responsabilidad y dentro de toda normatividad y transparencia.

El mensaje se dio dentro de la reunión virtual convocada por la ASE a los tesoreros municipales y administradores de entes públicos municipales, realizada hoy viernes para la capacitación en el uso del Sistema de Información Financiera (SIF), por medio del cual deben presentar sus informes financieros trimestrales y cuenta pública correspondiente.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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