Chihuahua
Serán 26 los bancos de bienestar que abrirán en Chihuahua
El viernes 27 de agosto se llevó a cabo una reunión de seguimiento a la construcción de los Bancos del Bienestar en el estado de Chihuahua.
La reunión se llevó a cabo en las instalaciones de la 5a zona militar de la Secretaría de la Defensa Nacional y estuvo atendida por representantes de la maestra Diana Álvarez Maury, directora general del Banco de Bienestar, la Lic. Avril Gómez López, subdelegada de desarrollo social y humano de la Secretaría de Bienestar, Delegación Chihuahua, así como representantes de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Procuraduría Agraria, Registro Agrario Nacional e ingenieros residentes constructores responsables de la Secretaría de la Defensa Nacional.
La reunión tuvo como objetivo dar seguimiento a la construcción de los Bancos de Bienestar en la entidad. a nivel nacional se tiene contemplada la construcción de 2700 sucursales de las cuales 42 estarán funcionando en el estado de Chihuahua. a la fecha se han construido 26 Bancos del Bienestar en:
Aquiles Serdán, Chihuahua, Santa Isabel, Gran Morelos, Soto Maynez, Saucillo, Guachochi, San Junito, Guadalupe y Calvo, Carichi, Guerrero, Madera, Temosachic, Tomochi, Matachi, Basaseachi, Valle de Allende, Huejotitan, Hidalgo del Parral, San Francisco del Oro, Guadalupe Distrito Bravo, Nuevo Casas Grandes, Buenaventura, Ignacio Zaragoza y Ojinaga.
El proyecto tiene una gran relevancia en nuestro estado toda vez que, debido a su gran extensión territorial, se dificulta el acceso a los servicios financieros.
Los habitantes de regiones remotas de nuestra entidad, jamás se hubieran imaginado que pudieran tener una cuenta bancaria, que pudieran hacer uso de un cajero, tener una tarjeta bancaria o hacer un cobro accesible de sus remesas, y ahora será posible gracias al próximo funcionamiento de estas sucursales bancarias.
Además, se informó que se tiene proyectado la construcción de Bancos de Bienestar en los municipios de Jiménez, Gómez Farías, Aldama, Uruachi y Ascensión.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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