Chihuahua
Convocan a padres a obtener el resumen clínico de sus hijos menores de edad para ser vacunados contra Covid-19
La Secretaría de Bienestar, a través de la Delegación de Programas para el Desarrollo en Chihuahua a cargo de Juan Carlos Loera, hace un atento llamado a los padres de familia para que obtengan el resumen clínico de sus hijas e hijos de 12 a 17 años de edad con alguna comorbilidad, para poder ser vacunados contra el Covid 19 a finales del mes de octubre.
Las niñas, niños, adolescentes y menores embarazadas, deberán estar inscritos en https://mivacuna.salud.gob.mx y tener a la mano su resumen clínico, el cual deben obtener de su médico especialista tratante, con número de cédula, sin importar si lo expide una institución privada o pública.
La vacuna que se utilizará será Pfizer-BioNTech y las fechas precisas de aplicación se darán a conocer con oportunidad.
A continuación, municipios y hospitales sedes de vacunación:
Bocoyna: San Juanito (IMSS-Bienestar).
Camargo: Hospital General de Camargo (SSA).
Chihuahua: Hospital Militar Regional de Chihuahua (Sedena) y HIES de Chihuahua (SSA).
Cuauhtémoc: HGZMF 16 C. Cuauhtémoc (IMSS) y HG Dr. Javier Ramírez Topete (SSA).
Delicias: HGZMF 11 Cd. Delicias (IMSS) y Cd. Delicias (ISSSTE).
Guachochi: Hospital Guachochi (IMSS-Bienestar).
Guadalupe y Calvo: Hospital Comunitario Guadalupe y Calvo (SSA).
Hidalgo del Parral: HGZMF 23 Hidalgo Parral (IMSS) e Hidalgo del Parral (ISSSTE).
Ciudad Juárez: HGR 66 Ciudad Juárez (IMSS) y Hospital Infantil de Especialidades Ciudad Juárez (SSA).
Nuevo Casas Grandes: HGS 22 Nuevo Casas Grandes (IMSS).
Ojinaga: Hospital Comunitario de Ojinaga (SSA).
LAS COMORBILIDADES
Los grupos prioritarios de niñas, niños y adolescentes, son los que padecen las siguientes comorbilidades:
Condiciones cardiacas crónicas.
Enfermedad pulmonar crónica.
Afecciones crónicas del riñón, hígado o sistema digestivo.
Enfermedad neurológica crónica.
Enfermedades endocrinológicas.
Inmunosupresión moderada a grave.
Asplenia o disfunción del bazo y enfermedades hematológicas.
Anomalías genéticas graves que afectan a varios sistemas.
Embarazo adolescente.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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