Chihuahua
Continuarán únicamente con clases virtuales en el nivel básico educativo
La Secretaría de Educación y Deporte (SEyD) informó que a partir de las disposiciones emitidas por la Secretaría de Salud, se mantendrá el periodo de clases virtuales en escuelas de nivel básico, mientras que en los planteles de media superior y superior, se podrá trabajar de manera híbrida.
En lo que corresponde al nivel básico, la educación a distancia se extiende de manera indefinida hasta que el Consejo Estatal de Salud, en conjunto con las autoridades educativas competentes, considere que hay las condiciones idóneas para el regreso seguro a las aulas.
Tanto docentes y estudiantes continuarán su trabajo desde casa durante este periodo; en el caso del personal administrativo y de apoyo a la educación, queda a consideración de las necesidades y disposiciones de la dirección de cada escuela.
En lo referente a los niveles medio superior y superior, la SEyD indicó que aunque el 80 por ciento de los planteles regresa a clases el próximo mes de febrero, los subsistemas e instituciones que así lo decidan podrán iniciar clases desde el próximo 24 de enero en modalidad híbrida.
Lo anterior tomando en cuenta que, tanto el personal educativo como el alumnado, ya fueron debidamente vacunados, por lo que cada escuela decidirá si continúa con sus clases a distancia o en la modalidad híbrida.
En cualquiera de los casos se deberá cumplir con las medidas sanitarias ya establecidas, como un aforo del 50 por ciento del alumnado, el respeto a la sana distancia, el uso de cubrebocas y la aplicación de gel antibacterial, entre otras.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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