Chihuahua
SOI: El nuevo y gran fraude que está afectando a familias chihuahuenses
Existe un grupo de empresas que capta recursos sin ninguna regulación con contratos diseñados para protegerse contra fraudes, es acusada de cometer un fraude al incumplir con sus contratos a los prestamistas de al menos 89 personas y se cree que hay muchos más a los que se les dejó de pagar rendimientos desde septiembre de 2021, y los amenaza de no pagarles por exigirle cumpla sus compromisos y llevarla ante las autoridades.

Jackeline Armendáriz Portillo
Se trata de las empresas SOI Consultoría Empresarial S.A.S. de C.V propiedades de JACQUELINE ARMENDARIZ PORTILLO quien en redes sociales aparece como @Jacke AP (Instagram) y @Jacke AP (Facebook) quien también se promociona con estas empresas “Sueña Bienes Raíces y Construcción” y Patrimonio Seguro, también es propietaria de unedificio de departamentos de Lujo llamado LUNNA NEO URBAN LOFTS en San Felipe todos estos grupos propiedad de esta misma Jacqueline Armendáriz.
Declaraciones de los afectados el grupo tiene sus oficinas en el bulevar Ortiz Mena #3406, colonia Lomas del Santuario II Etapa, cuenta con mil 500 inversionistas y al menos 89 se han agrupado para tomar acciones legales y hacer justicia. Explicaron que ya se han presentado algunas querellas ante la fiscalía general del Estado (FGE) por la comisión del delito de fraude, Se cree que la propietaria de estas empresas esta sobornando a personal de la fiscalía para detener la ola de denuncias que podrían interponerse en su contra el delito de fraude.
Agregaron que las compañías, propiedades de Jacqueline Armendáriz Portillo, se dedica a la venta de bienes raíces, todo tipo de seguros y a captar recursos como “prestamos”, ofreciendo rendimientos mensuales del 9 por ciento. Muchos de los inversionistas depositaron al menos 250 mil pesos y cantidades más fuertes de hasta 500 mil pesos, pero hay personas que entregaron sumas millonarias.
La empresa se define como 100% chihuahuense, con 7 años de experiencia en el mercado inmobiliario y que proviene de otra empresa dedicada a la construcción y perforación de pozos de agua potable, con 50 años de vida. También señala que brinda oportunidades de financieras para todas aquellas personas que buscan hacer crecer su dinero, de manera segura y acorto plazo, de manera garantizada bajo contratos.
Mientras que Jacqueline Armendáriz Portillo, en su página de Facebook @Jacke AP se describe como promotora de Insignia Life, La latinoamericana seguros, Mapfre, El Potosí y Chubb seguros. Especialista en desarrollo de empresarios en seguros y estrategias financieras, que ayudan a liberarse de deudas, iniciar un patrimonio y multiplicarlo también en su red de Instagram como @Jacke AP presume de sus conocimientos financieros y vida de lujos.
Las víctimas explicaron que la empresa SOI les dio a conocer que la demora en los pagos se debía a dificultades con la institución bancaria BanRegio con la que realizan sus operaciones. Incluso les hizo llegar un oficio con fecha del 24 de agosto de 2021, para explicarles que, debido a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se habían retrasado las operaciones del banco en mención.
Mismas fechas de la caída de ARAS
Posteriormente, en septiembre del 2021, la compañía comunicó a los clientes que los rendimientos ya no se pagarían de manera mensual, sino trimestral. Desde entonces, la empresa únicamente ha dado largas para no pagar e incluso les ha ofrecido casas que no son de su propiedad aun, pero se trata de un engaño para seguir sin responder por los adeudos que tiene con los inversionistas, creando promesas y adendum de pago para evadir sus compromisos.
Se dio a conocer que la empresa ha hecho firmar a varias personas una carta responsiva en la que las compromete a no realizar actividades que afecten su “prestigio”, lo que ha generado que muchos inversionistas tengan miedo de tomar acciones legales o públicas en contra de SOI, también ha realizado convenios ficticios con los defraudados y hasta una rifa de una casa que termino en un absoluto fracaso y engaño sin permisos ni regulaciones.
Una de las personas defraudadas, que prefirió reservar su nombre, narró que, junto a su esposo, invirtió cerca de 2 millones 500 mil pesos en la empresa en septiembre y, tras recibir un primer pago, dejó de percibir sus rendimientos. A raíz de esto, SOI le entregó un cheque para la devolución de su capital, el cual intentó cambiar en Banregio, donde se le informó que dicha moral ya no tenía cuentas en el banco. “La empresa dice que tiene bloqueada su cuenta, lo cual es una mentira, ya que yo al ingresar los cheques que me dieron, el banco los regresó con la leyenda que la empresa ya no tiene cuenta bancaria con ellos, Banregio”, dijo.
Detalló también que interpuso una querella en Fiscalía, sin embargo, no ha habido avances en el caso pese que existen elementos para constituir el tipo penal defraude. además de que presentó dos demandas mercantiles que, sin embargo, no prosperaron porque uno de sus abogados pasó a defender a la empresa defraudadora SOI y otro no dio seguimiento al proceso, comprando mejor así a los abogados que la estaba demandando, así continúan sumándose más y más afectados.
Por: Eduardo Ramírez / SAS
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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