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Chihuahua

Falleció el periodista Luis Ochoa. Fue columnista de Segundo a Segundo

Este miércoles a las 22:30 horas falleció el periodista Luis Armando Ochoa Minjares a la edad de 97 años, acompañado de sus seres queridos.

Luis Armando Ochoa Minjares fue el primer director editorial de El Diario de Juárez en el año de 1977.

Entonces construye la primera página de opinión del entonces, pequeño rotativo, por su gran interés en dar espacio a las voces que representan una pluralidad en esta comunidad fronteriza.

Luis Armando contrajo matrimonio con María Emma Luna de Ochoa y procrearon cinco hijos: Verónica Genoveva, Elizabeth, Martha Emma, José Luis y Armando.

Es su hijo Armando quien comparte una breve semblanza de su padre, nacido el 21 de abril de 1927 en Meoqui, Chihuahua, donde cursó la primaria en la escuela Benito Juárez.

Luis Armando deseaba seguir estudiando y su padre, un hacendado de esa comunidad era reticente a la petición del hijo, por lo que casi contra su voluntad llevó a su hijo a la Escuela Normal del Estado en la ciudad de Chihuahua, donde aprendió taquimecanografía, herramienta que en futuro le sería de gran utilidad en su carrera dentro del periodismo.

“Mi abuelo lo dejó en la escalinata de la escuela y le dijo ‘hasta aquí la traje, si quiere estudiar hágalo’. Mi padre terminó su bachillerato”, narró.

El joven Luis Armando tenía la intención de regresar de Chihuahua a Meoqui pero carecía de recursos por lo que unos amigos le sugirieron que se fuera de “trampa” en el tren de carga. Y así lo hizo, solo que el ferrocarril no pasó por Meoqui y llegó hasta la Ciudad de México.

Fue ahí donde pasó algunas penurias por la falta de recursos económicos, comía poco y no muy seguido, también durmió en parques públicos y banquetas, pero su ánimo no decayó.

Empezó a trabajar hasta llegar al periódico de la CTM. Entonces empezó a estudiar periodismo y formó parte de la primera generación de la licenciatura de Periodismo de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Su amor por el periodismo surgió de sus múltiples empleos que obtuvo gracias a que dominaba la máquina de escribir, compartió Armando. Ya casado con la hija del encargado de prensa del periódico de la CTM, la pareja regresa al estado de Chihuahua en 1986 hasta incorporarse a El Diario.

Luis Armando participó como columnista político en Segundo a Segundo.
Desde esta casa editorial enviamos nuestras condolencias a su familia y amigos. Descanse en paz.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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