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México

Instructor de karate, presunto asesino serial en Tamuin

Después de que los últimos años en la Huasteca Potosina imperó la psicosis por la desaparición de varias niñas y jovencitas en el municipio de Tamuin, la investigación concluyó en la detención de un hombre de 53 años, dueño de un gimnasio donde era instructor de karate y zumba, además de ostentarse como ex Subteniente del Colegio del Aire, especializado en mantenimiento de aeronaves y haber trabajado en Coahuila y Chihuahua.

Confesó haberlas violado, estrangulado y aventarlas a predios entre cañaverales ya sin vida pero faltan aún dos cuerpos por encontrar. Una de ellas era hija de policías.

El último reporte fue el de Eliehoenai Chávez Rivera de 32 años de edad, quien desapareció el 6 de mayo de este año al salir de la empacadora Ensacar donde trabajaba. El de ella y otras dos son los cuerpos que se han encontrado. El otro es de Dulce Jimena Reyes Rodríguez de 9 años, a quien se le vio la última vez el 11 de abril, mientras que el tercer cuerpo es el que se encontró a mediados del 2011.

Las investigaciones las encabezó la Directora del Sistema Alerta Amber, Cristina Hurtado Barrera, en coordinación con la Procuraduría General de Justicia del Estado.

El detenido es Filiberto Hernández Martínez, de 43 años de edad, quien fue detenido alrededor de las 18:00 horas del jueves en la zona centro de Tamuin, a quien se le buscaba para presentarlo a declarar en torno a los hechos. En ese momento se le detuvo porque se le encontró una navaja, confesando después que él había cometido los asesinatos.

Es originario de Estación Velasco, en el municipio de Ébano pero actualmente tenía su domicilio en la calle Jarrilla de la colonia Juárez, en el municipio de Tamuín, contaba con un gimnasio donde era instructor de zumba y de karate. Además se acreditó como ex Subteniente del Colegio del Aire, especializado en mantenimiento de aeronaves y dijo haber trabajado en Coahuila y Chihuahua.

Venía perpetrando violaciones y asesinatos de mujeres de Tamuin desde el 2010, las cuales al principio se atribuían a la delincuencia organizada o a una banda de robachicos.

Confesó que arrojaba los cadáveres en un lugar cercano a la comunidad «La Puntilla», en un cañaveral y que todo lo hacía solo.

A mediados de junio del 2011 y a unos días de haber sido reportada su desaparición, fue encontrado el cuerpo de Adriana Martínez Campuzano un predio del ejido La Primavera; tenía 13 años de edad y se la había visto la última vez al salir de la secundaria.

«A ella me la llevé a la fuerza a mi casa, la violé y la estrangulé y después la aventé en ese camino comunal».

Las investigaciones siguen para encontrar los cuerpos de las dos menores que faltan; de Rosa María Sánchez González, desaparecida el 29 de octubre del 2010 y el de Itzel Romany Castillo Torres de 12 años, quien desapareció el 24 de enero del 2013; ella era hija de una policía municipal de Tamuin que ahora está en la Policía Estatal, y su padre policía ministerial.

DETIENEN A PRESUNTO MULTIHOMICIDA

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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