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México

Cuatro de los menores que fueron rescatados del albergue de Mamá Rosa se han suicidado

Desde que las autoridades rescataron a unas 500 personas del albergue La Gran Familia en Zamora, Michoacán, cuatro menores se han suicidado, informaron este jueves las autoridades.

Desde que las autoridades rescataron a unas 500 personas del albergue La Gran Familia en Zamora, Michoacán, cuatro menores se han suicidado, informaron este jueves las autoridades.

Según el diario Reforma, Julio Hernández Barros, comisionado de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), organismo descentralizado del Gobierno federal, informó de las defunciones.

El albergue, dirigido por Rosa Verduzco Mamá Rosa, fue intervenido por las autoridades el 15 de julio al destaparse varios casos de abuso de menores y explotación.

«La mayoría de los suicidios ya en sus hogares de donde son originarios y, como nos reportan los propios familiares, como secuela de los daños psicológicos que les produjo el internamiento en esta casa-hogar. Estamos investigando esos casos», agregó el funcionario. El caso más reciente de suicidio se produjo este mismo jueves, señaló a Reforma María Ampudia, titular de la fundación Y Quién Habla por Mí.

«No pudimos llegar a tiempo con uno de los pequeños que iban a venir: se suicidó, se colgó, un chico de 11 años. Es una tristeza que a este pequeño no se le haya dado la oportunidad de resarcirse. Estamos tristes, de luto», lamentó Ampudia. Investigación de actas Hernández Barros también dijo que siguen rastreando las actas de nacimiento de varios menores, pues muchos de esos documentos se encuentran extraviados.

A veces ni siquiera existen. «Ni siquiera ese derecho tan básico como el de la identidad fue respetado en ese albergue», señaló el funcionario. Varios miembros de la CEAV recibieron este jueves a víctimas que estuvieron en La Gran Familia.

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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